Los convivientes tendrán un régimen similar al de un matrimonio y pertenecerán a ambos todos los bienes que adquieran una vez cumplidos los dos años.
Existen una serie de requisitos que debe cumplir una convivencia en el aspecto legal para que sea reconocida, explicó la abogada de familia Lorena Meza.
En la secuencia Familia y Justicia de RPP, precisó que en primer lugar debe ser una unión entre un varón y mujer libres de impedimento matrimonial, es decir, que ninguno de ellos se encuentre casado con otra persona porque de lo contrario la convivencia ya no tendría validez.
La especialista agregó que otro requisito es que esa convivencia tenga la finalidad similar de un matrimonio que es formar una familia y debe durar mínimo dos años ininterrumpidos.
Asimismo, manifestó que si ambos se encuentran de acuerdo con registrar esa unión de hecho o convivencia pueden acercarse a una notaría para registrarla llevando los documentos que la acrediten, tener un plazo mínimo de dos años viviendo juntos y no encontrarse casados con una tercera persona.
Sin embargo, si uno de ellos no está de acuerdo con registrar la convivencia ante un notario y quiere que sea reconocida la unión tiene que acudir a la vía judicial para que sea declarada judicialmente y se puedan reconocer los derechos.
La abogada Lorena Meza indicó que los convivientes tendrán un régimen similar al de un matrimonio y pertenecerán a ambos todos los bienes que adquieran una vez cumplidos los dos años, es decir a partir del primer día del tercer año. “Todos los bienes que adquieran cuando cumplieron los dos años pertenecerán a ambos así esté a nombre de uno de ellos”, insistió.
También alertó que en una convivencia no existe la opción de hacer separación de patrimonio o de bienes como en el matrimonio donde los cónyuges si desean pueden tener bienes separados o conjuntos. “En la convivencia no se puede elegir inmediatamente ingresa a sociedad de gananciales”, recordó la especialista en derecho de familia.
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