Varios artículos del Código Civil fueron modificados para que ahora el padre biológico pueda reconocer a su hijo, aunque la madre esté casada con otra persona.
El padre biológico de un niño, niña o adolescente nacido fuera del matrimonio podrá ahora reconocer su paternidad, aunque la madre siga casada con otra persona, informó el Reniec.
Voceros de esta institución explicaron que esto antes no estaba permitido. Ahora la mujer puede registrar a su hijo extramatrimonial con el apellido del verdadero padre del niño o niña recién nacida. Para esto será necesario que la madre declare expresamente que su esposo no es el progenitor.
Antes de la modificación, el hombre casado con una mujer podía reconocer al hijo de esta, aunque no fuera suyo. El padre biológico no podía reconocer al niño, pues, ante la ley, el padre no podía ser otro que el esposo. Esta situación ocasionaba el incorrecto registro del nacimiento y de la filiación del niño.
Este cambio se encuentra establecido en el Decreto Legislativo 1377. La norma modifica varios artículos del Código Civil relacionados con la inscripción del hijo o hija de una mujer casada. (Con información de Andina)
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