Tribunal de Osaka informó que en generales del 30 de agosto hubo disparidad de voto, pero aclaró que comicios no serán anulados porque iría contra el interés público.
El Alto Tribunal de Justicia de Osaka (centro de Japón) declaró que las elecciones generales del pasado 30 de agosto, que ganó el Partido Democrático (PD), fueron "inconstitucionales" por la disparidad de voto entre regiones.
"Las pasadas elecciones de la Cámara Baja, en las que la disparidad de voto fue superior a dos, van contra el espíritu de la Constitución", decretó el juez, según informó la agencia local Kyodo.
No obstante, el tribunal aclaró que "los comicios son válidos, ya que iría contra el interés público anularlos".
Es la primera vez desde la reforma electoral de 1996, que combina la elección por representación proporcional y por escaño directo, que se declaran inconstitucionales unos comicios.
La sentencia se basa en la disparidad representativa de un voto entre la circunscripción con la mayor y menor densidad de votantes, que hizo que un voto en el distrito 3 de Kochi (sur de Japón) contara 2,30 veces más que uno en el distrito 4 de Chiba (cercanías de Tokio).
El juez detalló en la sentencia que "no es constitucionalmente aceptable para el cuerpo legislativo continuar con la actual situación, con una disparidad que excede de dos".
El demandante denunció la desigualdad del sistema electoral, algo que ha provocado otras ocho denuncias similares, la mayoría de ellas de abogados.
No obstante, el tribunal decidió no aceptar la anulación de los votos de la circunscripción 9 de Osaka que pedía el demandante, donde la disparidad alcanzó las 2,05 veces con respecto al distrito electoral menos poblado de Japón.
En las elecciones generales de septiembre de 2005 la máxima disparidad de voto alcanzó las 2,17 veces y el Tribunal Supremo dictaminó que aquel índice no iba contra la Constitución del país asiático.
EFE
"Las pasadas elecciones de la Cámara Baja, en las que la disparidad de voto fue superior a dos, van contra el espíritu de la Constitución", decretó el juez, según informó la agencia local Kyodo.
No obstante, el tribunal aclaró que "los comicios son válidos, ya que iría contra el interés público anularlos".
Es la primera vez desde la reforma electoral de 1996, que combina la elección por representación proporcional y por escaño directo, que se declaran inconstitucionales unos comicios.
La sentencia se basa en la disparidad representativa de un voto entre la circunscripción con la mayor y menor densidad de votantes, que hizo que un voto en el distrito 3 de Kochi (sur de Japón) contara 2,30 veces más que uno en el distrito 4 de Chiba (cercanías de Tokio).
El juez detalló en la sentencia que "no es constitucionalmente aceptable para el cuerpo legislativo continuar con la actual situación, con una disparidad que excede de dos".
El demandante denunció la desigualdad del sistema electoral, algo que ha provocado otras ocho denuncias similares, la mayoría de ellas de abogados.
No obstante, el tribunal decidió no aceptar la anulación de los votos de la circunscripción 9 de Osaka que pedía el demandante, donde la disparidad alcanzó las 2,05 veces con respecto al distrito electoral menos poblado de Japón.
En las elecciones generales de septiembre de 2005 la máxima disparidad de voto alcanzó las 2,17 veces y el Tribunal Supremo dictaminó que aquel índice no iba contra la Constitución del país asiático.
EFE
Comparte esta noticia