De acuerdo con una providencia del Supremo, los delitos cometidos por el desmovilizado en Colombia sobrepasan en gravedad a los que le imputan en una corte de EEUU.
La Corte Suprema de Justicia de Colombia negó la extradición del desmovilizado paramilitar Luis Edgar Medina Flórez, pedido por una corte de Estados Unidos por delitos relacionados con narcotráfico.
De acuerdo con una providencia del Supremo, los delitos cometidos por el desmovilizado en Colombia sobrepasan en gravedad a los que le imputan en una corte del Distrito de Columbia, en Estados Unidos.
Según la Corte, con la extradición Medina Flórez se estaría vulnerando el espíritu de la Ley de Justicia y Paz, se desconocen los derechos de las víctimas y se traumatiza el funcionamiento de la administración de la justicia colombiana.
Medina Flórez, conocido en las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) como el "Comandante Chaparro", entregó las armas como jefe del Bloque Resistencia Tayrona y posteriormente se acogió a los beneficios de la Ley de Justicia y Paz en 2006.
El Gobierno colombiano y las AUC celebraron un proceso de paz que permitió la desmovilización de más de 31.000 combatientes entre 2003 y 2006.
La Ley de Justicia y Paz fue aprobada en 2005 y según un balance entregado en el simposio Justicia Transicional en Colombia, realizado en julio pasado, esa iniciativa ha permitido la desmovilización de 60.000 alzados en armas y también la confesión de más de 22.000 homicidios.
EFE
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