Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El Club de la Green Card
¿Cuánto tiempo necesitas vivir en EE.UU. para ser ciudadano?
EP 136 • 01:55
El poder en tus manos
EP136 | INFORMES | Las fechas electorales clave del 2025 y los retos de los organismos previo a las próximas elecciones
EP 136 • 00:15
Letras en el tiempo
Cómo elegir un cuento
EP 41 • 37:40

¿Cuáles son los requisitos para inscribir un partido político y cuál es la situación de la agrupación que lleva el nombre de Antauro Humala?

¿Cuáles son los requisitos para inscribir un partido político y cuál es la situación de la agrupación que lleva el nombre de Antauro Humala?
¿Cuáles son los requisitos para inscribir un partido político y cuál es la situación de la agrupación que lleva el nombre de Antauro Humala?

Fernando Velezmoro, especialista en temas electorales, se pronunció ante la decisión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de rechazar en segunda instancia la tacha contra la inscripción de la organización política Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O).

Audios:
-

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó el pasado jueves el proceso de inscripción del partido político de Antauro Humala, luego de declarar infundado un recurso de apelación que buscaba dejar sin efecto el rechazo a una tacha presentada contra el eventual registro de la agrupación política del fundador del movimiento etnocacerista. A propósito de esta noticia, el especialista en temas electorales, Fernando Velezmoro, explicó en RPP cuáles son los requisitos para inscribir un partido político.

-

"La legislación en materia electoral establece ciertos requisitos en la ley de organizaciones políticas que básicamente se dirigen a establecer un número mínimo de afiliados, un número mínimo de cómites partidarios alrededor de 65 en los cuatro quintos departamentos y en un tercio del país y cumplir ciertos requisitos como presentar un estatuto, presentar un ideario, presentar un símbolo y presentar un nombre que no se encuentre registrado a nombre de otras organizaciones políticas u personas jurídicas", informó Velezmoro Pinto.

-

"Si bien es cierto que la ley establece que los partidos políticos deben cumplir ciertos fines como el respeto a los derechos humanos, la promoción de la democracia como forma de gobierno y la separación de poderes, (la ley) no contempla algún tipo de clausula específica como exigencia, como parte de los estatutos que puedan no estar integrados por personas que han sido condenados por ciertos delitos", añadió el experto.

-

En diálogo con RPP, el exsecretario general de la ONPE también mencionó que la propia ley de organizaciones políticas prevé un procedimiento para declarar ilegal un partido político que comete conducta antidemocrática. "La propia ley prevé un procedimiento para la declaración de ilegalidad de los partidos por conducta antidemocrática que lo establece el artículo 14 y prevé que la Corte Suprema -a pedido del defensor del Pueblo o del fiscal de la Nación- pueden declarar la ilegalidad por comportamiento antidemocrático, por conductas que van contrarias a la democracia o a la promoción de los derechos humanos", aseveró.

-

Situación de la organización política A.N.T.A.U.R.O: Fernando Velezmoro recordó en el programa Ampliación de Noticias que los partidos políticos tienen dos etapas de inscripción: una primera calificación a nivel de registro de organizaciones políticas y una segunda en la absolución de tachas. "La tacha es el mecanismo por el cual los ciudadanos pueden cuestionar la inscripción de ese partido político, sea porque no se ha cumpido alguno de los requisitos. En este caso (de la organización política A.N.T.A.U.R.O) como ya pasó el periodo de evaluación de registro de organizaciones politicas y ya se desestimó la tacha en segunda instancia, lo único que queda es que el Registro de Organizaciones Políticas expida la resolución correspondiente e inscriba el partido en el registro", señaló.

-

No obstante, Velezmoro consideró que el JNE sí "pudo decir algo más" que solamente revisar los cumplimientos estrictos de los requisitos legales para la inscripción de un partido político. "El JNE no puede ser un mero revisor de las resoluciones del Registro de Organizaciones Políticas. El JNE, además de organismo constitucional, es un tribunal electoral. Por eso es que no pude ser solamente un revisor de los requisitos establecidos en la ley como si se tratara de un registro como el registro de propiedad o vehicular", apuntó.

-

"El JNE pudo haber hecho más que solamente la revisión de los requisitos legales (...) ha debido prever o advertir que alguna actuación de la nueva organización política que se parezca o legitime esos discursos del señor Antauro Humala proferidos como ciudadano, pueda derivar en una declaración de conducta antidemocrática por parte de la Corte Suprema conforme lo establece la propia ley", manifestó.

Comunicador audiovisual. Amante de los cómics y la animación stop-motion.

Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al newsletter de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros newsletter y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Últimas audiogalerías

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA