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Entró en vigencia nuevo Reglamento de Tránsito pese a paro de 48 horas

Nuevas disposiciones ofrecen canje de puntos a cambio de capacitación. Vehículos con altura menor de 1.80 metros no podrán llevar pasajeros parados.

El nuevo Código de Tránsito entró en vigor desde hoy a fin de disminuir los elevados índices de accidentes vehiculares, causados en la mayoría de los casos por la irresponsabilidad de los conductores.

Se sabe que como resultado de la mesa de diálogo entablada entre el Ejecutivo y  algunos gremios del sector, la nueva ordenanza entra en vigencia con algunas modificaciones, las mismas que según el titular de Transportes y Comunicaciones, Enrique Cornejo, no afectarán la seguridad de los usuarios del servicio público.

No obstante, diversos sectores de transportes, entre ellos, la Corporación Nacional de Empresas de Transporte del Perú (Conet), representada por Julio Rau Rau y la Asociación de Empresas de Transportes Masivo (Asetum), convocaron a un paro nacional para hoy y mañana, en rechazo al nuevo Código de Tránsito debido a los altos costos de las multas.

Los transportistas instaron al Ejecutivo suspenda hasta diciembre todos los decretos que incrementen los costos de las multas.

En respuesta, Cornejo Ramírez, titular del sector aseguró que no ha cedido ni cederá ante los reclamos debido a que el principio fundamental de las nuevas disposiciones es mantener la severidad de las infracciones cuando se afecte la seguridad.

Los transportistas calificaron al ministro de Transportes y Comunicaciones como "intransigente y haber pateado el tablero". 

Como consecuencia, los sindicatos del sector en Trujillo, Chiclayo, Huaraz, Cajamarca, San Martín, Arequipa, Cusco, Puno, entre otros, anunciaron su apoyo a la convocatoria.

Algunas de las sanciones

Está prohibido conducir un vehículo con mayor número de personas de las que quepan sentadas en los asientos diseñados de fábrica para tal efecto, con excepción de niños en brazo en los asientos posteriores y los vehículos del servicio público de transporte urbano de pasajeros, si la altura interior es no menor a 1.8 metros (artículo 96º)   

Manejar en estado de ebriedad se sanciona con una multa de S/. 1750, la retención del vehículo y la licencia, sin necesidad de que hayan ocasionado accidentes.

Si un conductor ebrio causa un accidente de tránsito que produzca lesiones graves o muerte, la multa es de S/. 3,500 (1 UIT) más la cancelación de la licencia con inhabilitación definitiva para obtener una nueva, y la retención del vehículo.

Voltear en U sobre la misma calzada, cerca de curvas, puentes, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel u otros lugares de riesgos para la seguridad, se sancionará con una multa de S/. 840 (24% UIT) y se les retendrá la licencia.

Sistema de Puntos

Las infracciones leves generan de 1 a 20 puntos; las graves, de 20 a 50 puntos; y las muy graves, de 50 a 100 puntos.

El Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos prevé que un conductor sufrirá la retención del brevete, si acumula el tope de 100 puntos.

Todo sobre el nuevo Código de Tránsito (clic aquí)

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