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Serenos sancionados: ¿cuáles fueron las principales faltas?

El Gobierno ha promulgado la nueva Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, que busca profesionalizar a este cuerpo de seguridad mediante requisitos más estrictos y capacitación especializada.
El Gobierno ha promulgado la nueva Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, que busca profesionalizar a este cuerpo de seguridad mediante requisitos más estrictos y capacitación especializada. | Fuente: Agencia Andina

El Gobierno ha promulgado la nueva Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, que busca profesionalizar a este cuerpo de seguridad mediante requisitos más estrictos y capacitación especializada.

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Datos del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles indican que durante el periodo 2023-2024 se impusieron 992 sanciones disciplinarias a trabajadores de las municipalidades del país, incluyendo a funcionarios municipales. Estas sanciones van desde suspensiones temporales hasta despidos e inhabilitaciones, y sanciones funcionales por responsabilidad administrativa, aplicadas por la Contraloría General de la República. El registro corresponde al 12 de marzo de 2025.

La información obtenida a través de una solicitud de acceso a la información enviada a Servir muestra que el personal de Serenazgo, que incluye tanto a los "serenos" como a cargos relacionados con áreas de serenazgo, es el grupo con más sanciones acumuladas: 176 en total, lo que representa casi el 18% del total de sanciones registradas.

Detalle de sanciones a Serenazgo:

De las 176 sanciones aplicadas al personal de Serenazgo:

  • 121 fueron destituciones, es decir, más del 68% de los casos dentro de este grupo.

  • 30 correspondieron a inhabilitaciones, que impiden ejercer funciones públicas por un tiempo determinado.

  • 25 fueron suspensiones, que representan una sanción temporal de alejamiento del cargo.

Este detalle confirma que las faltas graves son predominantes entre el personal de serenazgo, lo que refuerza la urgencia de los cambios planteados por el Ejecutivo

Las causas de las sanciones son diversas, pero entre las más frecuentes se encuentran están: concurrencia al trabajo en estado de ebriedad, negligencia en el desempeño de funciones, e incumplimiento de obligaciones laborales.

Para este informe, Felipe Castillo, alcalde de Los Olivos, explicó que el alto número de sanciones al personal de Serenazgo podría deberse a que, en la mayoría de municipalidades, los serenos representan un porcentaje elevado del total de trabajadores.

"En Los Olivos tenemos 450 serenos de un total de 700 trabajadores. Mientras más serenos tengamos, hay mayor posibilidad de que se generen procesos administrativos sancionadores. Además, son quienes están más expuestos al contacto con los vecinos, y en ese contexto podrían presentarse denuncias. Finalmente, muchos son jóvenes que ingresan sin mayor preparación", señaló.

Recientemente, el Gobierno ha promulgado recientemente la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, que establece nuevos estándares para el reclutamiento y capacitación del personal de serenazgo. La norma incluye:

  • Requisitos específicos para los aspirantes, como evaluaciones físicas, psicológicas y de conocimientos en primeros auxilios.

  • Creación de centros especializados de capacitación.

  • Inclusión de personal con experiencia previa en seguridad, como exmiembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

¿Qué cambios introduce la nueva ley del serenazgo?

La legislación, publicada tras su aprobación en el Congreso, modifica los artículos 10 y 11, e incorpora el artículo 7-A a la Ley 31297, además de actualizar disposiciones complementarias. Entre los principales puntos se establecen requisitos más estrictos para los serenos y se regula la creación de centros de capacitación especializados.

Requisitos para ser sereno municipal

El artículo 7-A detalla los requisitos mínimos que deben cumplir los aspirantes a serenos municipales antes de su contratación:

-Contar con un documento de identidad vigente (DNI, carné de extranjería u otro).

-Ser mayor de 18 años.

- No tener antecedentes penales, ni judiciales, ni sentencias por delitos dolosos.

-No estar inscrito en registros como el de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) o el de Reparaciones Civiles (Redereci).

Aunque haber concluido la secundaria completa no es obligatorio, se considerará un criterio preferente en los procesos de selección.

Catalina Quinto

Catalina Quinto Periodista

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