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Loreto: Anulan sentencia contra empresa acusada de deforestar casi 2 mil hectáreas

La sentencia anulada ordenaba una multa de 15 millones y una condena de 8 años de prisión contra el exgerente de la empresa Cacao del Perú Norte S. A. C.
La sentencia anulada ordenaba una multa de 15 millones y una condena de 8 años de prisión contra el exgerente de la empresa Cacao del Perú Norte S. A. C. | Fuente: Cortesía

Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto declaró infundada la sentencia contra empresa Cacao del Perú Norte S. A. C. por afectar terrenos en la localidad de de Tamashicayu, distrito de Fernando Lorez, provincia de Maynas.

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La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto resolvió declarar infundado la sentencia contra la empresa Cacao del Perú Norte S. A. C. y exfuncionarios por deforestar 1950 hectáreas de la localidad de Tamashicayu, distrito de Fernando Lorez, provincia de Maynas.

Con esta acción, queda sin efecto la multa millonaria y la condena de prisión efectiva contra el exgerente de la empresa, Rubén Antonio Espinoza.

En una audiencia virtual se revocó el fallo del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas que en primera instancia, el 8 de agosto de 2019, ordenó una reparación civil para el Estado de más de 15 millones y condenó a 8 años de pena privativa de la libertad al exgerente. Además, se revocaron las penas suspendidas contra Ernesto Vega Delgado, jefe de operaciones, y Giovanni Cubas Ramírez, personal de campo del proyecto.

La empresa Cacao de Perú del Norte S. A. C., actualmente denominada Tamshi S. A. C., y su exgerente, presentaron nuevos medios probatorios que no fueron trasladados ni a la Procuraduría del Ministerio del Ambiente (Minam) ni al Ministerio Público.

A través de Twitter, el Minam indicó que su Procuraduría Pública interpondrá un recurso de casación para que la Corte Suprema de la República resuelva el caso en última instancia.

La empresa actualmente denominada Tamshi fue sancionada por el Órgano de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), por realizar cultivo intensivo de cacao sin contar con un instrumento de gestión ambiental aprobado por la autoridad competente. Una multa que asciende a 129 millones de soles.

Adicionalmente a las multas impuestas, el OEFA dictó 17 medidas correctivas entre las que se encuentra la paralización definitiva e inmediata de la actividad de cultivo intensivo de cacao.

Debido a la coyuntura por la COVID-19, el caso iba ser revisado en agosto de este año, pero no fue hasta inicios de octubre de 2020 que fue tomado por la sala en mención. No obstante, se volvió a postergar hasta el 14 de octubre, tras el ingreso de nuevos documentos.

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