Asimismo, manifestó que la exautoridad de Tocache no fue a contratar a Aurelio Pastor, sino a "cazarlo" para que diga cuál era su propósito.
César Nakasaki, abogado del exministro de Justicia del gobierno aprista Aurelio Pastor, aseguró que la condena de cuatro años de prisión efectiva para su defendido no es correcta ya que cuando se sentencia a una persona por un delito a 4 años de prisión, esta solo debe ser suspendida.
“Yo tomo la defensa como consecuencia del juzgamiento de 4 años y 6 meses de pena para Aurelio Pastor; y según la ley, si la condena es mayor a 4 años es efectiva, pero si es cuatro o menor, como en este caso, solo es suspendida, y como vemos la Sala redujo a 4 años pero mantuvo el anterior veredicto, lo cual no es correcto”, explicó.
El letrado aseguró que el tema de tráfico de influencias no es un delito en este caso, pues según él, a su defendido lo contrataron para ayudar a alguien (exacaldesa de Tochache Corina de la Cruz) y que en ningún momento, según el audio que se presentó, se escucha la palabra “influencia” sino “amigos”. “Cuando ella le dice (a Pastor) se puede arreglar con dinero, él le dice que son sus amigos, gente correcta. Aquí no hay un acto preparatorio del hecho, no existe soborno, por eso el audio no configura una prueba y por ello no califica como delito”.
Asimismo, manifestó que la exautoridad de Tocache no fue a contratar a Pastor, sino a “cazarlo” para que diga cuál era su propósito.
RECURSO DE CASACIÓN
César Nakasaki informó que para presentar el recurso de casación tienen un plazo de 10 días a partir del viernes. “El recurso lo presentaremos entre el lunes o martes. Esperemos que lo admitan porque hay una argumentación sólida, pues nunca antes se condenó por tráfico de influencias simulado, ya que aquí se compró el servicio de una persona para corromper”.
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