Esos cargos deberían ser ocupados por los accesitarios de las autoridades revocadas hasta el término del mandato para el cual fueron elegidos, indicó el jefe de la misión internacional IDEA, Percy Medina.
El jefe de la misión IDEA Internacional para el Perú, Percy Medina, respaldó este domingo la propuesta de eliminar la necesidad de convocar a nuevas elecciones como consecuencia de una consulta popular de revocatoria, pues las autoridades revocadas solo deben ser remplazadas por los accesitarios.
En la actualidad, la Ley de Participación Ciudadana establece que las autoridades locales y regionales que son revocadas, deben ser reemplazadas por los accesitarios mientras se convoca a nuevas elecciones para elegir a sus reemplazantes, si la revocatoria supera el tercio del concejo municipal o el consejo regional.
"Es razonable que, como parte del proceso de discusión de reformas, se elimine las nuevas elecciones, un cambio en ese sentido no va en contra del espíritu de la revocatoria porque una consulta popular esta dirigida a una autoridad en concreto y se mantiene la voluntad de cambiarlo si no estas de acuerdo", explicó.
Esos cargos, señaló, deberían ser ocupados por los accesitarios de las autoridades revocadas, hasta el término del mandato para el cual fueron elegidos.
Con esa reforma, según Medina, se evitaría incentivar que las consultas de revocatoria cambien el calendario electoral, pues en algunos casos se ha evidenciado que son los candidatos que no ganaron las elecciones quienes promueven una revocatoria.
Si se aprueban estos cambios, aseguró Medina, sería aplicable recién para procesos de revocatoria futuros y no para el caso de la Municipalidad de Lima Metropolitana que deberá ir a elecciones complementarias para reemplazar a sus 21 regidores revocados.
Otras de las reformas que deben establecerse en la Ley de Consulta Popular, en su opinión, es establecer una mayoría calificada para aprobar una revocatoria. Ello significaría que para establecer el 50 por ciento más uno de los votos necesarios para una revocatoria, se considere el total de electores o todos los votos válidos.
Una consulta de revocatoria, de acuerdo a la norma, se aprueba en la actualidad con el 50 por ciento de los votos válidos (no se cuentan los nulos y viciados), lo que constituye una mayoría simple.
Propuso, finalmente, que se elimine de la norma el requisito de 40 mil firmas para una consulta de revocatoria en Lima y que se establezcan mecanismos de control de las finanzas de los actores involucrados en una consulta popular.
ANDINA
Comparte esta noticia