Norma modifica Código Penal y fija una pena privativa de la libertad de dos a cuatro años.
La norma será aplicable para autoridad elegida en una elección general, parlamentaria, regional o municipal.
Asimismo, el dispositivo aprobado por el Parlamento precisa que si el agente que ejerce violencia contra las autoridades elegidas es funcionario o servidor público, será sancionado con una inhabilitación de uno a tres años.
"El que mediante violencia o amenaza, impide a una autoridad elegida en un proceso electoral general, parlamentario, regional o municipal juramentar, asumir o ejercer sus funciones será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años", indica el texto legal.
El dispositivo, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, lleva la rúbrica del presidente Alan García Pérez y del jefe del Gabinete Ministerial, Javier Velásquez Quesquén.
-ANDINA
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