Primera Sala Anticorrupción declaró inaplicable el ahora derogado DL 1097 que invocaron los militares en su pedido, argumentando el vencimiento del plazo de investigación en este caso; informó RPP.
La Primera Sala Anticorrupción rechazó el pedido de 21 militares entre ex jefes y miembros del desactivado grupo Colina para que se declare el sobreseimiento o archivo del juicio que afrontan por las matanzas de Barrios Altos, de un grupo de campesinos del Santa en Áncash y la desaparición del periodista Pedro Yauri, informó RPP.
El Tribunal presidido por la jueza superior Inés Villa Bonilla adoptó esta medida al declarar inaplicable el ahora derogado Decreto Legislativo 1097 que invocaron los militares en su pedido argumentando el vencimiento del plazo de investigación en este caso.
Durante la lectura de su resolución, que se prolongó por cerca de dos horas, la Sala consideró que en la aplicación de este Decreto Legislativo consistiría en un acto de discriminación en procesos de militares y policías frente a civiles; lo que generaría una grave contradicción en los acuerdos suscritos por nuestro país con organismos internacionales de derechos humanos.
Agregó que la aplicación del sobreseimiento en la etapa en la que se encuentra este juicio constituiría la negación del derecho a conocer la verdad y reparar a las víctimas en estos casos, lo que generaría impunidad.
La Sala recalcó que el sobreseimiento no opera en casos de procesos referidos a casos de violaciones a los derechos humanos.
Conocido el fallo de la Primera Sala Anticorrupción, en la Sala de Audiencias de la Base Naval del Callao, la defensa legal de los militares presentó un recurso de nulidad sobre este fallo, con el fin de que el mismo sea revisado por la Corte Suprema y se emita un veredicto definitivo al respecto.
El Tribunal presidido por la jueza superior Inés Villa Bonilla adoptó esta medida al declarar inaplicable el ahora derogado Decreto Legislativo 1097 que invocaron los militares en su pedido argumentando el vencimiento del plazo de investigación en este caso.
Durante la lectura de su resolución, que se prolongó por cerca de dos horas, la Sala consideró que en la aplicación de este Decreto Legislativo consistiría en un acto de discriminación en procesos de militares y policías frente a civiles; lo que generaría una grave contradicción en los acuerdos suscritos por nuestro país con organismos internacionales de derechos humanos.
Agregó que la aplicación del sobreseimiento en la etapa en la que se encuentra este juicio constituiría la negación del derecho a conocer la verdad y reparar a las víctimas en estos casos, lo que generaría impunidad.
La Sala recalcó que el sobreseimiento no opera en casos de procesos referidos a casos de violaciones a los derechos humanos.
Conocido el fallo de la Primera Sala Anticorrupción, en la Sala de Audiencias de la Base Naval del Callao, la defensa legal de los militares presentó un recurso de nulidad sobre este fallo, con el fin de que el mismo sea revisado por la Corte Suprema y se emita un veredicto definitivo al respecto.
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