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Tribunal Constitucional anula multa para sorteados en servicio militar

Andina
Andina

El máximo órgano constitucional exhorta al Congreso de la república ´que en el plazo más breve (se) regule un mecanismo alternativo dirigido a evitar que la sanción de suspensión de los efectos del documento nacional de identidad derive en una condena de muerte civil´.

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El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto el artículo 78.9 de la Ley de Servicio Militar, modificado por el Decreto Legislativo 1146, que establece que los elegidos por sorteo o seleccionados que no se presenten “son sancionados con multa del 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)”.

El máximo órgano constitucional exhorta al Congreso de la República “que en el plazo más breve (se) regule un mecanismo alternativo dirigido a evitar que la sanción de suspensión de los efectos del documento nacional de identidad derive en una condena de muerte civil”.

Entre los magistrados que votaron a favor de la inconstitucionalidad se encuentran Urviola Hani, Vergara Gotelli, Mesía Ramírez, Calle Rayen, Eto Cruz y Álvarez Miranda.

Como se sabe, la bancada de Fuerza Popular presentó el pedido ante el TC contra la norma que restituye el servicio militar obligatorio por considerarla discriminatoria.

El dispositivo determinaba que de los jóvenes que salgan sorteados solo podrán exonerarse los universitarios y lo que dispongan de S/.1,850 para pagar la multa, lo que en la práctica significa que son los jóvenes de menos recursos los que terminarán engrosando las filas de las Fuerzas Armadas.

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