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Comisión de Fiscalización del Congreso concluye que Boluarte habría cometido 4 delitos en caso Cofre: "Posibilitaría una moción de vacancia"

Comisión de Fiscalización concluye que Boluarte habría cometido 4 delitos en caso Cofre | Fuente: Presidencia Perú

Juan Burgos, presidente de la Comisión de Fiscalización, indicó que el informe final de su grupo de trabajo será remitido al Ministerio Público y que no necesita ser aprobado por el pleno del Congreso.

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La Comisión de Fiscalización del Congreso aprobó este viernes, con nueve votos a favor, tres en contra y una abstención, el informe final del caso Cofre, referido al presunto uso indebido del vehículo presidencial en que habría incurrido la mandataria Dina Boluarte.

Al respecto, Juan Burgos (Podemos), presidente de dicho grupo de trabajo legislativo, indicó que el documento, que consta de más de 2 mil folios, será remitido directamente al Ministerio Público y que no necesita ser aprobado por el pleno del Congreso, ya que a Fiscalización no se le dio facultades de comisión investigadora. 

"Este informe final no debe ser ni aprobado por el pleno del Congreso. [A] nosotros nos solicitó Fiscalía todo lo avanzado. Son, aproximadamente, 2 336 folios que serán alcanzados a la Fiscalía”, indicó.

"Al no ser comisión investigadora, no necesitamos la aprobación del pleno del Congreso. Es más, cuando es comisión investigadora tiene que ser lacrado [el informe]. Inclusive, no se hubiera permitido ni siquiera que la prensa estuviera presente, porque se hubiera tenido que leer las conclusiones, hubiéramos tenido que hacer una sesión reservada", añadió.

En ese sentido, precisó que el informe contiene indicios de 4 presuntos delitos que habría cometido la jefa del Estado, lo cual "posibilitaría una moción de vacancia" en su contra. 

"Dentro de las recomendaciones que hemos aprobado están los indicios de que existe una forma de comportamiento impropia de una presidenta de la República que posibilitaría una moción de vacancia o denuncia constitucional”, sostuvo.

"Vuelvo a instar al Congreso que no podemos negar una responsabilidad constitucional que tenemos, que es fiscalizar. La negativa de algunas bancadas y miembros del Congreso que se niegan a investigar por diferentes intereses relacionados con la presidenta creo que debe terminar", resaltó.

¿Cuáles son los 4 delitos que habría cometido Dina Boluarte en el caso Cofre?

El informe señala que Dina Boluarte habría cometido: peculado de uso, abuso de autoridad, omisión de deberes u actos funcionales y encubrimiento personal.

Respecto al primero, el documento indica que "habría una presunta responsabilidad respecto de aquellos funcionarios que permitieron el uso del vehículo oficial para fines distintos a los públicos, violando su deber de proteger los recursos del Estado y destinarlos para un uso distinto y de carácter personal".

"Toda vez que, conforme a la agenda, no existiría alguna actividad oficial, sumado al conocimiento público el carácter de esparcimiento que implica el traslado y estadía en la localidad de Asia", agrega.

En cuanto al abuso de autoridad, el informe sostiene que existe "una subordinación evidente" por parte de la Secretaria General de la Presidencia a Dina Boluarte, por lo que, al haber expedido la Resolución N°000042-2024-DP/SG, que consideró "reservada" toda información relativa al cofre presidencial, se configuraría dicho ilícito.

"Dicha resolución expedida y suscrita por Secretaria General, se habría generado dentro de un contexto de manipulación de sus funciones, llegando al punto de desnaturalizarlas e inmiscuirse en un campo que no le competería, en vista que dada la naturaleza de la información que se pretende reservar, sería la titular del sector quien le correspondería la expedición de una resolución de reserva, esto es la Presidenta de la República o el Consejo de Ministros, lo que genera también una expedición indebida y concretar un acto arbitrario, que ha perjudicado la función de control político del Parlamento", indica el documento.

"Sumado que es una norma administrativa que iría en contra de la Constitución al infringirla en el sentido del rango normativa respecto a la Ley de Transparencia, por la aplicación indebida de la retroactividad y ser una norma dada fuera de las competencias de esta, frustrando el control político y así impedir una de las funciones del Parlamento", añade. 

Respecto a omisión de deberes u actos funcionales, la Comisión de Fiscalización indicó que se "procedió a convocar a los efectivos policiales Félix Montalvo Guevara, Jhon Janampa Ruiz y Milagros Kelly Vargas Castro a efectos que expongan sobre las actividades desarrolladas" los días 24 y 25 de febrero del 2024, en que la presidenta habría utilizado el vehículo presidencial.

No obstante, la comisión señaló que recibió respuestas en que se indicaba que la autorización para presentarse debía "ser centralizada" por intermedio del Mininter. No obstante, este indicó que, a efectos de la Resolución N°0000042-2024-DP/SG, se trataba de información reservada.

"Dicha postura, denota una conducta obstruccionista al control político, en vista que, si bien existe un dispositivo legal que condiciona al silencio a los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, pero puede ser autorizado dentro de la transparencia que pregona la ley de la materia y más cuando se trata del control político, como labor de fiscalización que ostenta el Poder Legislativo, según mandato constitucional", señala el informe. 

"Con ello podemos concluir que efectivamente existe una deficiente y antojadiza interpretación por parte del Ejecutivo (Policía Nacional del Perú y Ministerio del Interior) porque la forma estricta que propone la norma especial de la Policía Nacional y teniendo en cuenta el informe técnico de SERVIR, denota que la persona del Director General, sería el titular de entidad y por ende el oficial de alta dirección quien brindaría la autorización para la concurrencia de los efectivos policiales ante cualquier llamado de alguna institución del Estado, como sería el caso del Parlamento, para efectos de contar con elementos objetivos que permitan argumentar una moción para comisión investigadora y determinar con mayor eficiencia las premisas de cargo o descargo relacionados al uso del o los vehículos presidenciales", agrega. 

Por último, en cuanto a encubrimiento personal, este se imputa a la jefa del Estado y "a los altos mandos de la Policía Nacional del Perú, que se encontraban a cargo de la institución en el periodo de enero del 2024".

"Se habría ubicado la presencia de la aludida en la localidad de Asia, de la provincia de Cañete, el 24 de febrero del 2024, y exactamente por cercanías del condominio en donde se habría realizado el operativo, así como también a otro condominio (Asia del Sur) en el cual -según la versión del Gral. Arriola Delgado- se detectaron señales de dispositivos que vincularían su uso a Vladimir Cerrón Rojas; y sumado al hecho de la existencia de un distanciamiento asolapado y de la influencia que tendría en el gobierno, aunado a lo dicho una persona, quien presuntamente seria el ministro Santivañez, en los audios propalados en medios periodísticos en el que refiere que 'se utilizó el cofre para sacar a Cerrón'", concluye.

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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