Una eventual ley eliminaría el límite de edad de 18 años para adoptar la ciudadanía peruana de la madre y/o el padre.
Tener menos de 18 años ya no sería un requisito para que los hijos nacidos en el extranjero adquieran la nacionalidad de su madre o padre peruanos. Así lo plantea el Proyecto de Ley N° 402/2016-CR, que el Pleno del Congreso aprobó este jueves en primera votación.
La propuesta pretende modificar el artículo 52 de la Constitución y el artículo 2 de la Ley de Nacionalidad. Esto, con el fin de eliminar el tiempo límite para la obtención del Documento Nacional de Identidad (DNI) a través de la embajada peruana o consulado disponible en el país de nacimiento. De igual manera, si la persona interesada se encuentra en el Perú, la nueva norma forzará la adecuación del Reniec.
Aún no será aplicable. La iniciativa aún no es legal, pues toda modificación a la Carta Magna debe ser votada en dos legislaturas consecutivas. Es decir, el Pleno debe evaluarla nuevamente el próximo año, cuando se instaure una nueva etapa de sesiones. Una vez ratificada, la norma pasará a revisión del Ejecutivo, que finalmente evaluará su promulgación.
La abogada especialista en Derecho Constitucional, Gabriela Oporto Patroni, explicó a RPP Noticias que la vigencia de la ley beneficiará a los hijos de peruanos que ya superaron el límite de edad antes requerido. "La norma será aplicada a situaciones que están en curso. Lo que va a ocurrir es que las personas anteriormente impedidas de acceder al trámite ya no tendrán más el impedimento. Por ejemplo, la hija o el hijo nacido en España y que nunca fue registrado como peruano, tendrá la posibilidad de iniciar su inscripción pese a tener ahora 40 años".
Comparte esta noticia