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Aníbal Quiroga: "No debería acogerse la demanda competencial porque no tiene sustento"

Entrevista al abogado Aníbal Quiroga. | Fuente: Foto: Andina / Video: RPP Noticias

En entrevista con RPP Noticias, uno de los abogados convocados para representar al Congreso en la demanda anunciada por el Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional, señaló que la vacancia por incapacidad moral permanente es una "causal política" que puede ser empleada por el Parlamento.

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El abogado Aníbal Quiroga, uno de los especialistas convocados por el Congreso de la República para ejercer la defensa de este poder del Estado ante la demanda competencial anunciada por el Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional, estimó que este recurso sería improcedente debido a sus propias características.

"Tiene base cuando un poder del Estado o un órgano constitucional a otro le quita o no le reconoce o le menoscaba una atribución. La vacancia presidencial no es una atribución del Poder Ejecutivo, por lo tanto, no podría decirse que si hay un proceso de vacancia -termine bien o no- sea una atribución que se le está quitando al Poder Ejecutivo", explicó.

"La responsabilidad recae sobre la persona del presidente, pero no sobre la institución presidencial porque, en el supuesto de que hubiese otra vacancia, inmediatamente habría otro presidente de la República. Entonces no se le está quitando al Poder Ejecutivo como tal ninguna atribución, ni menoscabándosele ninguna facultad", agregó.

En entrevista con RPP Noticias, el abogado constitucionalista reconoció, no obstante, de que, independientemente de que la demanda tenga o no fundamento, el Tribunal Constitucional "aproveche la circunstancia" para interpretar el alcance de la incapacidad moral permanente y emitir una sentencia que explique los alcances de esta figura legal.

En otro momento, el especialista señaló que la vacancia por incapacidad moral permanente es una "causal política" que puede ser empleada por el Congreso de la República y que necesita únicamente de los votos de los parlamentarios y no de algún medio probatorio que certifique esta condición, tal como ha ocurrido anteriormente en el país.

"Lo que dice la Constitución es que esta condición de incapacidad moral permanente es una atribución del Congreso. Así como se dijo hace dos semanas que el presidente tenía facultad plena para nombrar embajadores o ministros y tuvimos que aceptar que Zeballos fuera embajador ante la OEA, igual esto es una facultad autónoma del Congreso", precisó.

Finalmente, el abogado reconoció que no alcanzarían los votos suficientes para alcanzar la vacancia del presidente, por lo que consideró importante que, pese a esto, Martín Vizcarra acuda esta semana al Congreso para dar sus descargos por los cuestionamientos que se le imputan y que son investigados por la Comisión de Fiscalización.

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