La alianza Ahora Nación tiene plazo hasta el martes 5 de agosto para levantar las observaciones. De no hacerlo, la solicitud será considerada como no presentada.
Este sábado 2 de agosto vence el plazo para la inscripción de alianzas electorales ante la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de cara a las elecciones generales de 2026.
Hasta el momento, cinco alianzas han solicitado su inscripción formal:
- Unidad Nacional, integrada por Unidad y Paz, el Partido Popular Cristiano (PPC) y Peruanos Unidos ¡Somos Libres!
- Frente de los Trabajadores y Emprendedores, conformada por Primero la Gente y el Partido de los Trabajadores y Emprendedores (PTE)
- Ahora Nación, compuesta por Salvemos al Perú y Ahora Nación
- Venceremos, formada por Voces del Pueblo y Nuevo Perú por el buen vivir
- Fuerza y Libertad, que agrupa a Fuerza Moderna y Batalla Perú
Durante una entrevista en con el programa La rotativa del aire de RPP, Luis Grillo Teagua, jefe de la Oficina de Atención al Usuario y Gestión Documental del JNE, informó que, de las cinco solicitudes presentadas, una ha sido observada: la de la alianza Ahora Nación.
El funcionario explicó que las observaciones están relacionadas con la falta de definición de los órganos encargados de tomar “decisiones económicas y financieras” dentro de la coalición política.
También deben precisar, apuntó, cómo se distribuirá el financiamiento público directo, tanto durante la vigencia de la alianza como en caso de una posible disolución. “Y tendrán que designar al tesorero descentralizado”, expresó.
Grillo Teagua señaló que deberán, además, subsanar la omisión de disposiciones sobre democracia interna, las cuales no fueron incluidas en el acuerdo conjunto presentado.
“Tienen plazo hasta el martes 5 de agosto para poder levantar esas observaciones”, añadió.
Plazo para la inscripción alianzas electorales
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley de Organizaciones Políticas, las agrupaciones inscritas para participar en las elecciones generales de 2026 pueden formar alianzas entre sí, bajo una misma denominación y símbolo común, para participar en cualquier tipo de elección popular.
La ley indica que la alianza debe inscribirse en el Registro de Organizaciones Políticas. Para ello, se debe presentar el acta de constitución correspondiente y su reglamento electoral.
La norma, detalló el JNE, establece que el acta debe contener, además, el proceso electoral en el que se participa, los órganos de gobierno, la denominación, el símbolo, una declaración expresa de objetivos, los acuerdos que regulan el proceso de democracia interna, así como la definición de los órganos o autoridades que tomarán decisiones de índole económico-financiera y su relación con la tesorería de la alianza.
Asimismo, se debe incluir la designación de los personeros legales y técnicos, del tesorero y de los tesoreros descentralizados, quienes estarán a cargo de la ejecución de las decisiones económico-financieras, así como la forma de distribución del financiamiento público directo que le corresponda a la alianza, entre otros aspectos.