El Poder Judicial evaluará si ordena al Ministerio Público que precise cuál es la "imputación" por la cual inició una investigación preliminar al ministro de Justicia, Eduardo Arana, por el caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.
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Caso ‘Los Cuellos Blancos’: Poder Judicial realizará el 10 de diciembre audiencia sobre el ministro Eduardo Arana
El Poder Judicial evaluará este martes, 10 de diciembre, si ordena a no al Ministerio Público que precise cuál es la "imputación" por la cual inició una investigación preliminar al ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana, a raíz del caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.
En una audiencia virtual a realizarse desde las nueve de la mañana, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema analizará el recurso de apelación que presentó Arana Ysa para que se revoque la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley, el último 26 de enero, el que declaró infundada una tutela de derechos que interpuso para que la Fiscalía precise cuál es la imputación que le atribuye en este caso.
El tribunal presidido por el juez supremo César San Martin escuchará ese día a las partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión final al respecto en los próximos días.
El abogado del ministro de Justicia, Eduardo Arana, sostuvo como agravio que se vulneraron los derechos a la defensa y a probar de su patrocinado al sostener que en la decisión impugnada existieron contradicciones en las premisas, y no se evidenciaron los elementos objetivos de los tipos penales imputados.
La resolución apelada
El juez supremo Juan Carlos Checkley declaró infundada la tutela de derechos que presentó el ministro de Justicia, Eduardo Arana, en la que demandaba que la Fiscalía precise el medio corruptor de los delitos que se le atribuyen en un plazo de 10 días y que, además, cumpla con incorporar en la carpeta fiscal la declaración "reservada" de Gianfranco Paredes Sánchez, exasistente del expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos Montalvo para así decidir las estrategias de contra interrogatorio.
El magistrado precisó en su resolución, a la que tuvo acceso RPP, que según la Constitución Política del Perú y el Código Procesal Penal, el Ministerio Público, por ser el titular de la acción penal, es quien decide el tipo de investigación que realizará de acuerdo a la naturaleza del delito, el número de personas implicadas, las diligencias reservadas, etc., no pudiendo el juez de investigación preparatoria, por una razón legal y de competencia, interferir en dicha prerrogativa legal y constitucional, vía una tutela de derechos.
El juez supremo Checkley Soria indica que durante el transcurso de la investigación y, en base al principio de progresividad, se pueden obtener datos que permitan generar una mayor claridad, soporte y solvencia a la tesis incriminatoria como también se pueden obtener elementos de cargo que permitan advertir lo contrario.
El magistrado remarca que "es el juez de investigación preparatoria quien controla la actuación del Ministerio Público cuando existen datos que permitan advertir vulneración a derechos fundamentales en su actuación por el rol que desempeña, lo cual no ocurre en el presente caso, en consecuencia, la tutela de derechos debe ser desestimada".
Sobre el pedido de la defensa legal de Eduardo Arana para la incorporación de la declaración reservada de Gianfranco Paredes Sánchez en dicha carpeta fiscal, el juez supremo Checkley Soria precisa que existe la vía propia e idónea dentro del catálogo procesal vigente para hacer dicho requerimiento, lo que está solicitud deviene en improcedente.
La Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos inicio una investigación preliminar al ministro de Justicia, Eduardo Arana, como presunto instigador del delito de tráfico de influencias y alternativamente por el cargo de cohecho activo específico tras la difusión de reportes periodísticos sobre una conversación telefónica con el expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao Walter Ríos, en el año 2018, respecto a un proceso judicial en ejecución.
En esta investigación preliminar, está comprendido el expresidente de la Corte del Callao Walter Ríos, quien cumple una condena de 12 años de prisión, tras acogerse al beneficio de la colaboración eficaz en el caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.
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