La abogada de Keiko Fujimori señaló que quedó sin efecto la orden de regla de conducta que impedía a la excandidata presidencial tener comunicación con Miguel Torres y Lourdes Flores.
La Sala Penal de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado declaró fundada la apelación a prohibición de comunicarse con testigos de investigación fiscal, presentada por la defensa de Keiko Fujimori.
La abogada de Keiko Fujimori, Guilliana Loza, indicó que, de esta manera, se dejó sin efecto la orden de regla de conducta que impedía a la excandidata presidencial tener comunicación con Miguel Torres y Lourdes Flores.
"La defensa ha señalado que los testigos Lourdes Flores y Miguel Torres no tienen la calidad de falsos aportantes", sostiene la resolución.
Como se recuerda, la resolución del juez Víctor Zúñiga reiteró la prohibición de que Keiko Fujimori se comunique con coimputados y testigos de las investigaciones por el caso Odebrecht.
Dicha sentencia determinó que la lideresa política incumplió las medidas restrictivas de la comparecencia que pesan en su contra al establecer contacto con el excongresista y la exlideresa del Partido Popular Cristiano (PPC).
Previo a ello, el fiscal José Domingo Pérez había pedido que se revoque la orden de comparecencia con restricciones que se dictó contra Keiko Fujimori y se imponga prisión preventiva, al considerar que la lideresa de Fuerza Popular había incumplido con las reglas de conducta que la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional le impuso.
De acuerdo con el Ministerio Público, Keiko Fujimori tenía prohibido comunicarse con testigos y personas vinculadas al proceso que se le sigue por los aportes a las campañas electorales de su partido en 2011 y 2016, así como coimputados en el caso Odebrecht.
Precisó que ello ha sido vulnerado cuando la lideresa de Fuerza Popular apareció en público con el abogado Miguel Ángel Torres ante la prensa y con la exlideresa del PPC, Lourdes Flores, en un mitin. Sin embargo, la solicitud de Domingo Pérez fue declarada infundada.
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