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Presidente del Tribunal Constitucional: "El Congreso no puede imponer un cambio de todos los ministros"

TC declaró inconstitucional la modificación de la cuestión de confianza. | Fuente: RPP Noticias

Ernesto Blume, presidente de este órgano supremo, señaló que la Constitución no habilita "un condicionamiento" cuando se produce la censura de un Gabinete. De esta manera, explicó que podrían volver todos los ministros, a excepción del que fue censurado.

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El presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, explicó que cuando un Gabinete Ministerial es censurado, pueden regresar todos los ministros, salvo el que fue expresamente censurado. De esta manera, señaló que el Congreso no puede "condicionar" esta facultad.

"Está en la voluntad y decisión del Poder Ejecutivo la conformación de un nuevo gabinete, que puede ser un cambio total o parcial. La Constitución no habilita un condicionamiento, habilita que el Presidente conforme su nuevo Gabinete. Por lo tanto, el Congreso no puede, vía reglamentaria, modificar y limitar una competencia de otro poder del Estado", precisó.

Asimismo, destacó que la imposición de un cambio total "no resulta consistente" con la necesidad de que un Gobierno desarrolle una política en distintos sectores. En ese sentido, señaló que obligar a un presidente a cambiar a todo el Gabinete cuando se cuestiona a uno o dos ministros, "implica un cambio en la conducción de la política del Gobierno que resulta inconveniente".

El Congreso se excedió

En otro momento, Blume destacó que el Tribunal Constitucional tomó por unanimidad la decisión de declarar inconstitucional la modificación del Reglamento del Congreso referida a la presentación de la cuestión de confianza.

"Los siete magistrados, después de un debate, hemos llegado a una posición de concordancia y por lo tanto todos hemos considerado que es inconstitucional la modificación que hizo el Congreso a su reglamento interno", señaló.

Según explicó, con la decisión del Congreso se cometieron dos infracciones a la Constitución (artículos 105 y 134). En el primer caso, señaló que el cambio del reglamento debió seguir un procedimiento regular; es decir, pasar por comisión y segunda votación. En el segundo, el condicionar la formación del nuevo gabinete a un cambio de la totalidad de ministros, interfirió con la atribución del Presidente.

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