El magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse también exhortó a ambas instituciones a definir protocolos claros y mejorar su coordinación para enfrentar eficazmente a la delincuencia.
El magistrado del Tribunal Constitucional, Gustavo Gutiérrez Ticse, se pronunció respecto al fallo emitido por dicho órgano, que declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ministerio Público contra la ley que otorga a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad de liderar las investigaciones preliminares de un hecho delictivo.
En una entrevista para el programa Las cosas como son de RPP, Gutiérrez Ticse señaló que la sentencia reafirma que aunque el Ministerio Público tiene la conducción de las investigaciones, durante la etapa preliminar la Policía Nacional puede tener un nivel de intervención autónoma, especialmente en casos donde se requiere inmediatez, como operativos de urgencia o situaciones de flagrancia.
“El Ministerio Público sí conduce la investigación desde el inicio. No solamente dirige, sino la conduce. Pero hay una etapa, la etapa preliminar, la etapa inicial, donde esa conducción tiene algún nivel de intervención distinta a la segunda etapa, que es la etapa preparatoria formalizada”, mencionó.
“En esta primera etapa, que se conoce como preliminar, la conducción del Ministerio Público se entiende como una fórmula de control, apertura, vigilancia, supervigilancia de las actuaciones que, en determinado nivel de autonomía, realiza la Policía Nacional”, añadió.
Mientras que en la etapa preparatoria formalizada, según dijo, el Ministerio Público asume un control pleno, tanto funcional como operativo, al tratarse de una fase donde ya existe una mayor carga probatoria.
Exhortación a la colaboración interinstitucional
Asimismo, se refirió a la parte de la sentencia en el que el Tribunal Constitucional exhorta al Ministerio Público y a la Policía Nacional a elaborar protocolos que definan de manera clara los roles, responsabilidades y límites de cada institución en el desarrollo de las investigaciones.
“La idea sustancial es evitar esa confrontación innecesaria que no es de ahora, sino se ha generado durante toda la vigencia del Código Procesal Penal, donde, de algún modo, la Policía se ha sentido menoscabada en su función como consecuencia de la intervención o la necesidad de tener que esperar que aparezca un fiscal para poder realizar actuaciones policiales que, en el momento, requieren también de la inmediatez”, detalló.
Por último, Gustavo Gutiérrez Ticse, manifestó que se ha instado a ambas instituciones a lograr un entendimiento que permita una mejor coordinación en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.
“Invocamos, como corresponde, que los poderes públicos se entiendan, que haya un nivel de madurez tanto del fiscal de la Nación como del comandante de la Policía Nacional, para que instrumentalicen a los funcionarios a efectos de que puedan establecer algunos vasos comunicantes, mecanismos de entendimiento, dónde aparece el fiscal y dónde la Policía, también pueden desarrollar acciones que siempre, o inicial o posterior, tiene que comunicar al conductor jurídico y al titular de la investigación que es el Ministerio Público”, concluyó.