
El Poder Ejecutivo actualizó los aforos para las actividades comerciales que se desarrollan en las zonas del país que se encuentran en nivel de alerta moderado.
A través del Decreto Supremo N° 179-2021, se indica que los espacios cerrados tendrán los siguientes aforos hasta el próximo 2 de enero del 2022:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
- Casinos y tragamonedas: 50%
- Cines y artes escénicas: 80%
- Bancos y otras entidades financieras: 80%
- Templos y lugares de culto: 80%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
- Eventos empresariales y profesionales: 80%
- Peluquería y Barberia: 60%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
- Coliseos:40%
- Gimnasios: 60%
Los aforos mencionados aplicarán para la mayoría de provincias a excepción de Huamanga (Ayacucho), Santa (Áncash), Huancavelica (Huancavelica), Concepción (Junín), Chepén y Virú (La Libertad) y Sullana, Piura, Sechura y Talara (Piura).
Cabe mencionar que a partir de hoy todas las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a alguno de estos espacios cerrados tienen la obligación de presentar el carné de vacunación contra la covid-19, acreditando sus dos dosis de la vacuna.
Asimismo, estos establecimientos comerciales deberán cerrar entre una y dos horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, que en las zonas de nivel moderado va de lunes a domingo desde las 02:00 horas hasta las 4:00 horas.
Actividades en espacios abiertos
En el caso de las actividades en espacios abiertos, las siguientes están permitidas respetando los aforo y protocolos:
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Baños termales al aire libre.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Mercados itinerantes
- Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 30%