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Bonos: Desde hoy podrán saber si se les reasignó el subsidio otorgado a un familiar fallecido

Los representantes de hogar beneficiario deberán acudir a la entidad financiera solo con su DNI y el código de transacción.
Los representantes de hogar beneficiario deberán acudir a la entidad financiera solo con su DNI y el código de transacción. | Fuente: Andina

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) anunció que deberán hacer los beneficiarios que aún no han logrado efectuar el cobro del subsidio de S/760.

A partir de hoy lunes 10 de agosto se podrá verificar la reasignación de bonos originalmente otorgados a personas fallecidas, según un comunicado del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).

Los familiares de los beneficiarios fallecidos podrán revisar en la plataforma yomequedoencasa.pe a cuál de los miembro del hogar se le reasignó el subsidio.

Asimismo, el Midis también informó el procedimiento que deberán seguir aquellos beneficidos que debieron realizar el cobro a través de "carritos pagadores" y no lo hicieron.

Estos hogares, que ya pueden cobrar desde el pasado viernes 07 de agosto, deberán acudir a cualquier agencia del Banco de la Nación y brindar el 0550 como código de transacción en la ventanilla.

Cabe recordar que, los representantes de hogar beneficiario deben acudir a la entidad financiera con su DNI para la identificación.

Esto es válido para aquellos hogares beneficiarios de los bonos Yo me quedo en casa, Rural y Familiar Universal.

¿Podría cobrarlo otra persona?

De acuerdo con la web del subsidio, este beneficio sólo puede cobrarlo la persona autorizada definida por el Ministerio.

En caso el familiar autorizado para recibir el bono ha fallecido o no puede cobrar porque está en el extranjero, situación de discapacidad, privado de su libertad, o tiene algún impedimento puede registrar su caso en consultas.bonouniversalfamiliar.peconsultas.yomequedoencasa.pe/ o en consultas.bonorural.pe/, dependiendo de cual sea el bono.

Se sugiere adjuntar una evidencia que sustente por qué no puede cobrar la persona autorizada.

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