Un producto con la misma marca elaborado por diferentes fabricantes se verificará a través de las especificaciones del etiquetado, informó la Comunidad Andina.
La Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) aprobó, mediante la Resolución 1333, los formatos y la estructura armonizada del código de identificación de la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) de los productos cosméticos con el fin de facilitar el comercio, el control y vigilancia sanitaria en la región.
La aprobación se hizo previa consulta con las autoridades competentes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, y en cumplimiento de la Decisión 516 que señala que para la implementación de un Sistema de Información resulta necesario armonizar esos documentos.
Los formatos serán aplicados cuando los interesados presenten notificaciones sanitarias obligatorias, solicitudes de reconocimiento, renovaciones del código de notificación, y cuando las autoridades nacionales competentes tengan que dar respuesta a las mismas.
La estructura armonizada del código de identificación la aplicarán las autoridades para coordinar sus acciones de control y vigilancia en materia de productos cosméticos.
La armonización permitirá, por ejemplo, que un producto con la misma marca elaborado por diferentes fabricantes ubicados en la subregión andina o en terceros países, sea notificado bajo un mismo código de NSO y que su verificación o seguimiento se realice a través de las especificaciones del etiquetado.
La CAN tiene vigente desde el 2002 la Decisión 516 sobre "Armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos", que señala que los productos cosméticos requieren de la NSO para su comercialización y expendio en la subregión,
La decisión también establece los requisitos que deberán acompañar dicha notificación y la solicitud de reconocimiento del código de identificación.
ANDINA
La aprobación se hizo previa consulta con las autoridades competentes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, y en cumplimiento de la Decisión 516 que señala que para la implementación de un Sistema de Información resulta necesario armonizar esos documentos.
Los formatos serán aplicados cuando los interesados presenten notificaciones sanitarias obligatorias, solicitudes de reconocimiento, renovaciones del código de notificación, y cuando las autoridades nacionales competentes tengan que dar respuesta a las mismas.
La estructura armonizada del código de identificación la aplicarán las autoridades para coordinar sus acciones de control y vigilancia en materia de productos cosméticos.
La armonización permitirá, por ejemplo, que un producto con la misma marca elaborado por diferentes fabricantes ubicados en la subregión andina o en terceros países, sea notificado bajo un mismo código de NSO y que su verificación o seguimiento se realice a través de las especificaciones del etiquetado.
La CAN tiene vigente desde el 2002 la Decisión 516 sobre "Armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos", que señala que los productos cosméticos requieren de la NSO para su comercialización y expendio en la subregión,
La decisión también establece los requisitos que deberán acompañar dicha notificación y la solicitud de reconocimiento del código de identificación.
ANDINA
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