El Gobierno dispuso la reapertura de Centros Comerciales, conglomerados y tiendas por departamento a partir del lunes 22 de junio
El Ejecutivo aprobó el inicio de actividades de Centros Comerciales, conglomerados y tiendas por departamento a partir de este lunes 22 de junio. Además, se dispuso la atención directa al público
Según el decreto supremo, esta decisión forma parte de la segunda fase de la reactivación económica que pretende activar de a pocos la economía nacional, en medio del estado de emergencia ocasionada por el coronavirus en Perú.
¿Cómo atenderán los patios de comidas?
Los establecimientos de Patios de Comidas ubicados dentro de los Centros Comerciales y/o similares sólo podrán brindar el servicio de entrega a domicilio con logística propia o de terceros. Es decir, a través del servicio de delivery. Además, se permitirá el recojo en tienda.
Además, se prohíbe el ingreso de menores de edad a los Centros Comerciales
¿Qué requisito deberán cumplir?
El único requisito para iniciar actividades, para todas las actividades permitidas, es presentar su plan de vigilancia al Sistema Integrado para COVID-19 (Siscovid-19).
Los centros deberán implementar sus protocolos de la mano de los municipios y gobiernos locales.
Esta semana el gremio anunció que ya había presentado un protocolo de reapertura al Ministerio de Producción, siguiendo con los lineamientos establecidos inicialmente.
¿En qué regiones no se reabrirán los Centros Comerciales?
El decreto supremo precisa que esta decisión es de alcance nacional, con excepción de los departamentos de Ica, La Libertad, Arequipa, Huánuco, San Martín y las provincias de Santa, Casma y Huaraz del departamento de Ancash.
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