El 31 de diciembre vence el plazo de exoneración de IGV a algunos productos básicos en la canasta familiar peruana.
La situación política del país ha dejado pasar un detalle que afectará los bolsillos de los peruanos de menores ingresos.
Y es que con la disolución del Congreso, no se podrá ampliar los beneficios tributarios de algunos productos, cuyo plazo vence el 31 de diciembre.
Según el tributarista Jorge Picón, la medida que exonera del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) aplican a los siguientes productos: arroz en cáscara, caña de azúcar, algodón en rama, café, cacao, entre otros.
"La exoneración tributaria es a la producción de la materia prima, pero puede impactar en el precio al consumidor final", comentó en Correo.
Como se sabe, tras la disolución del Congreso, se activa la Comisión Permanente y el Ejecutivo toma las riendas a través de Decretos de Urgencia.
Sin embargo, el tributarista explicó que prorrogar la vigencia de beneficios tributarios, entre ellos la exoneración del IGV, no es posible mediante un Decreto de Urgencia, ya que se necesita de una ley generada por el Congreso.
La situación
Desde el 1 de enero hasta el momento en que funcione un nuevo Congreso habrá una ventana de tiempo, durante la cual se aplicará el IGV a los productos que permiten tener alimentos en los hogares peruanos, como el arroz y el azúcar.
"Cuando se tomó la decisión política de cerrar el Congreso, no se midió el impacto que ello tendrá en las personas de menores recursos económicos, porque de aplicarse nuevamente el IGV a los productos agrícolas, se encarecerán productos de la canasta básica familiar del país", comentó.
Según el Estudio Verona, el Estado dejará de recaudar S/17.2 millones durante el 2019, monto que representa el 2.13% del Producto Bruto Interno (PBI).
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