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¿Con cuánto serían multadas las empresas que no respeten desconexión digital de sus trabajadores?

Los días de descanso semanal, feriados, vacaciones, licencia y suspensión laboral también cuentan como tiempo de desconexión digital.
Los días de descanso semanal, feriados, vacaciones, licencia y suspensión laboral también cuentan como tiempo de desconexión digital. | Fuente: Andina

Esta semana el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisó lo que implica el derecho a la desconexión digital.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) preciso que los trabajadores tienen derecho a una desconexión digital, de todos los medios informáticos con los que trabajen, de 12 horas continuas.

Si la empresa en la que labora le pide trabajar extra para una tarea o coordinación fuera de su horario le deberá otorgar una paga extra por sobretiempo.

Pero, si su empleador ejerce presión o lo intimida se considerará como una infracción grave de la empresa.

¿Con cuánto podría ser multada la empresa?

La abogado laboralista, César Puntriano, indicó a Gestión que el monto de la multa para las empresas que incumplan con el derecho a la desconexión dependerá del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados.

De acuerdo con la tabla de sanciones de la Sunafil, las empresas del Régimen General, que no sean Pyme, con entre 1 y 10 trabajadores, podrían recibir multas de hasta 1.57 UIT (S/ 6,908).

Pero, si hay más de 1,000 trabajadores afectados la multa podría ser de hasta 26.12 UIT, equivalente a S/ 114,928.

Si un empleado considera que están vulnerando su derecho a la desconexión digital puede recurrir a la Sunafil de manera virtual con pruebas del hecho para verificar la situación y comprobar que se incumple con lo dispuesto por el MTPE.

Tabla de sanciones de la Sunafil

Tabla de sanciones de la SunafilFuente: Sunafil

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