
Hoy es el último día para que presenten su declaración de Impuesto a la Renta 2017 los denominados "Buenos contribuyentes" y los trabajadores que solo perciban rentas de quinta categoría —trabajadores dependientes— que quieran deducir impuestos por gastos de hasta 3 UIT y no tengan RUC, tal como indica el cronograma de pagos de la Sunat.
Declaración de Renta
Pero, ¿quienes están obligados a presentar esta declaración? Este año, por primera vez, los trabajadores en planilla o de quinta categoría deberán declarar su Impuesto a la Renta, pero solo si van a deducir gastos por intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda. El formulario virtual que deberán usar es el 705.
"El único caso en que un trabajador dependiente de quinta va a declarar es si es que deduce gastos por intereses por créditos hipotecarios de primera vivienda y estos no son del Fondo Mivivienda ni Techo Propio", señaló José Luis Calle, funcionario de la Sunat, a RPP Noticias.
Los trabajadores en planilla que deban presentar su declaración pero no tienen RUC, deberán crear su Clave Sol en portal de la Sunat usando solo su DNI (ver video abajo).
Trabajadores independientes
En el caso de los trabajadores independientes o de cuarta categoría, solo deberán presentar su declaración de Impuesto a la Renta si emitieron recibos por honorarios que superen los 28 mil 350 soles el año pasado y tengan un saldo pendiente por pagar.
"Si es que este trabajador independiente ha ganado más de las 7 UITS, es decir 28 mil 350 soles, y las retenciones del impuesto que le han hecho durante el año no llegan a cubrir el cálculo del impuesto anual, hay un monto por regularizar, en esos casos hay saldos a favor del fisco", manifestó Calle.
Cronograma de vecimientos Impuesto a la Renta 2017
Los trabajadores pueden presentar su declaración de rentas hasta el vencimiento que le corresponda, según el último dígito de su número de su RUC, o hasta el 9 de abril si es Buen Contribuyente o si no está obligado a inscribirse en el RUC.

Otras rentas
También deben presentar su declaración de Impuesto a la Renta las personas naturales que durante el año pasado hayan generado Rentas de Primera (alquileres), Segunda (ganancias de capital) y Cuarta Categoría (profesional independiente) o fuente extranjera (ingreso percibido fuera del país) siempre que tengan un saldo por pagar o arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto o los hayan aplicado contra los pagos a cuenta de cuarta categoría durante el 2017.
La Sunat precisó que todas las declaraciones se realizan virtualmente ingresando al portal www.sunat.gob.pe con su RUC y/o su Clave Sol.