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Empresas que no cotizan en BVL no publicarán sus estados financieros

TC declaró incostitucional norma que afectaba a empresas que no cotizan en la BVL.
TC declaró incostitucional norma que afectaba a empresas que no cotizan en la BVL. | Fuente: ANDINA

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional norma que obligaba a las empresas que no cotizan en la Bolsa de Valores de Lima a publicar su información contable.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el artículo 5 de la Ley 29720, norma que obligaba a las empresas que no cotizan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL) a auditar sus estados financieros y a publicarlos en el portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).

El máximo órgano constitucional explicó que la decisión se tomó considerando que la información contenida en los estados financieros se encuentra dentro del ámbito protegido por el derecho a la intimidad, el cual también corresponde a las personas jurídicas, y específicamente por el secreto bancario y la reserva tributaria.

Asimismo, ha establecido que imponer el principio de transparencia propio del mercado de valores, a empresas que han decidido no participar en él, es una limitación injustificada a aquel derecho.

Desde el 2011 e implementada de forma gradual, estaban obligadas a presentar anualmente los referidos documentos ante la SMV, si es que al cierre de un determinado año tuvieron ingresos anuales o activos totales iguales o mayores a 3 000 UIT (S/ 11 850,000.00, considerando la UIT vigente).

"Aquella norma le dio carácter público a los estados financieros presentados bajo sus alcances, por lo que cualquier persona interesada podría acceder a ellos sin limitación alguna", sostiene Liliana Espinosa, socia del Estudio Echecopar.

La norma estará vigente a partir de su publicación en el diario oficial. Sin embargo esta no tendrá efectos retroactivos, pero las obligaciones que hubiesen sido exigibles con anterioridad (por ejemplo la presentación de estados financieros correspondientes al 2014) no deberían ser exigidas por la SMV. 

"En caso la SMV los solicite, cabría iniciar un proceso de amparo", agregó la abogada.

Saludan decisión

Al respecto, la Cámara de Comercio de Lima (CCL), saludó la reciente sentencia del TC, pues aseguró que la norma en cuestión atentaba contra la información reservada y confidencial de las empresas, accionistas y directivos que están protegidos por la Constitución Política, y podía servir para la ejecución de actos delictivos, asaltos y secuestros en perjuicio .

"Esta demanda fue interpuesta por más de 5 000 pequeñas empresas formales por lo que la Cámara de Comercio de Lima, la Sociedad Nacional de Industrias y la Asociación de Exportadores, advirtieron al TC sobre la cuestionada disposición legal, ya que no solo era inconstitucional sino que además hubiera generado sobrecostos anuales injustificados, distorsionando el mercado y afectando la competitividad de las pequeñas empresas que no cotizan en Bolsa", manifestó Jorge von Wedemeyer, presidente de la CCL.

 

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