La medida, que había sido adelantada por el ministro de Economía, se publicó a través de una serie de decretos supremos. Conoce los detalles de la modificación al impuesto selectivo al consumo.
El Gobierno publicó una serie de decretos supremos en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano con los que dispone aumentar el impuesto selectivo al consumo (ISC) a una serie de productos que van desde las bebidas azucaradas y alcohólicas hasta la gasolina.
Las publicaciones, que habían sido anunciadas previamente por el ministro de Economía, David Tuesta, llevan la firma de este y del presidente de la República, Martín Vizcarra.
Bebidas no alcohólicas
El primer decreto sube del 17% al 25% el impuesto selectivo al agua -incluida la mineral y gasificada- con azúcar u otro edulcorante o aromatizada con contenido de azúcar igual o superior a 6g/100 ml., a la cerveza sin alcohol y a las demás bebidas no alcohólicas con azúcar igual o superior a 6g/100 ml.
Se excluye a las bebidas con registro sanitario u autorización excepcional de productos farmacéuticos expedida por la Digemid, y a una serie de productos con registro sanitario expedido por Digesa y principalmente dirigidos a lactantes y niños.
Cigarrillos y alcohol
El segundo decreto supremo sube el impuesto selectivo al consumo, de S/ 0.18 a S/ 0.27, a los cigarrillos de tabaco negro y tabaco rubio. El tercer decreto incluye a las bebidas alcohólicas de forma diferenciada según el grado alcohólico.
En el primer rango (0° a 6°) pasó de 30 a 35%, en el segundo (6° a 12°) se mantiene en 25%, en el tercero (12° a 20°) se eleva de 25% a 30% y en el cuarto (20° a más), de 25% a 40%. Este último grupo será el que más subirá de precio.
El cuarto decreto modifica los impuestos a los combustibles, que incluyen a las gasolinas de 84, 90 y 95 octanos, y el Diésel 2 y 5, en montos que van desde el 0.92 hasta 1.49 soles por galón y que representan desde el 15% hasta el 38%. En el único caso en el que se reduce es el de la gasolina de 97.
Finalmente, se impone un impuesto a los vehículos a diésel. El ISC se duplica, de 10% a 20%, a los vehículos nuevos y ensamblados que usen exclusivamente diésel. Este es el detalle.
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