Si el empleador no deposita la gratificación en esa fecha está cometiendo una infracción laboral grave y de ser fiscalizados tendrían una multa administrativa, señaló el Ministerio de Trabajo.
Los empleadores tienen plazo hasta el próximo martes 15 de julio para pagar la gratificación por Fiestas Patrias a los trabajadores del sector privado, así lo informó la representante el Ministerio de Trabajo, Cecilia Torres.
“Si el empleador no deposita la gratificación en esa fecha está cometiendo una infracción laboral grave y de ser fiscalizados tendrían una multa administrativa”, señaló en RPP Noticias.
Si un trabajador no recibe el aguinaldo en el plazo de ley, puede acercarse al Ministerio de Trabajo para realizar una denuncia, si lo desea anónima, para evitar cualquier tipo de represalia, indicó.
Torres detalló que en el régimen laboral general, la gratificación equivale a una remuneración completa, mientras que en el régimen especial de la pequeña empresa, este beneficio será la mitad del sueldo.
Las empleadas del hogar también tienen derecho a la gratificación, pero solo recibirán media remuneración, en tanto que los trabajadores de la microempresa no tienen derecho a la ‘grati’.
Recordó que hasta el 31 de diciembre del 2014 la gratificación se pagará de manera íntegra, sin el descuento por AFP u ONP, y con una bonificación extraordinaria del 9% de lo que dejará de aportarse a Essalud y que irá directamente al trabajador.
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