En años anteriores los trabajadores podían percibir tres remuneraciones por cada feriado si trabajaban durante los días no laborables de Fiestas Patrias. Este año será diferente pues el Gobierno eliminó dos feriados.
Este año las celebraciones por Fiestas Patrias solo tendrán un día feriado, y ya no los tres que usualmente se celebraban.
Para el sector privado los feriados eran 28 y 29 de julio. Mientras, que en el sector público se incluía al 27 de julio como día no laborable.
Este año el presidente Martín Vizcarra anunció que los próximos 27 y 29 de julio serán días laborables con el fin de impulsar la reactivación económica.
¿Cómo afectaría esto a tu remuneración?
Los empleados que trabajaban estos días podían percibir tres remuneraciones por día, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 713.
Este 2020 la remuneración extra solo aplicará para quienes trabajen el 28 de julio.
Según el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) el empleado deberá recibir una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día.
Por ejemplo: Si el empleado percibe un sueldo mensual de S/1,200 (su remuneración diaria es de S/40), y labora el día feriado, sin descanso sustitutorio, tendrá derecho a percibir tres remuneraciones, es decir que sus haberes serán de S/ 40 por el día feriado y S/ 80 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%).
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