La semana pasada la Sunat aprobó el cronograma para presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR), pero ¿sabes quiénes deberán presentarlo?
El cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) 2021 iniciará el próximo 25 de marzo, según informó la Sunat.
Pero, ¿sabes qué personas y empresas están obligados a hacer su declaración anual del IR?
En el caso de las personas naturales, la Sunat indica que dependerá de las rentas que haya recibido durante el 2021.
Deberán presentar su declaración los trabajadores en planilla, es decir, que perciban Rentas de Quinta Categoría si también deducen gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
Si son empleados formales en planilla y tienen un saldo a favor del Impuesto a la Renta luego de hacer deducciones por gastos personales deben hacer la declración. Esto también aplica para los trabajadores independientes.
Además, tienen que declarar aquellos que "hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos".
Están incluidos en esta obligación las personas que tengan un saldo por pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
Por último en esta categoría de personas naturales, deberán declarar el IR si arrastran saldos a favor de ejercicios anteriores.
Respecto a las empresas, están obligadas a presentar la declaración aquellos contribuyentes que hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT).
¿Cuál es el cronograma?
La Sunat indica que el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual Renta 2021 inicia el 25 de marzo y se extiende hasta el 8 de abril del 2022, de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente, según el siguiente detalle:
ULTIMO DÍGITO | FECHA DE |
0 | 25 de marzo de 2022 |
1 | 28 de marzo de 2022 |
2 | 29 de marzo de 2022 |
3 | 30 de marzo de 2022 |
4 | 31 de marzo de 2022 |
5 | 1 de abril de 2022 |
6 | 4 de abril de 2022 |
7 | 5 de abril de 2022 |
8 | 6 de abril de 2022 |
9 | 7 de abril de 2022 |
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 8 de abril de 2022 |
En el caso de las personas naturales, el Formulario Virtual N° 709 para hacer la declaración estará disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y en el APP Personas a partir del 14 de febrero del 2022.
Mientras que para las empresas, el Formulario Virtual N° 710, estará disponible en Sunat Virtual a partir del 3 de enero del 2022.
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