La multa impuesta a Mibanco asciende a 30 UIT o S/. 115,500 y no fue apelada por la empresa, informó Indecopi.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó con 30 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/.115,500, a Mi Banco de Chimbote, por poner trabas a un grupo de consumidores que solicitó cancelar sus créditos de manera anticipada.
Ante esta situación, el Indecopi intervino como Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, constatando infracciones al artículo 86 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Este artículo se refiere al derecho que tienen los consumidores a efectuar el pago anticipado de sus deudas con la respectiva reducción de intereses, cuotas y los gastos que estos ocasionen.
La norma precisa que “los consumidores tienen derecho, en toda operación de crédito a plazos bajo el sistema de cuotas o similares, a efectuar el pago anticipado o prepago de los saldos, en forma total o parcial”.
Ello significa una reducción de los intereses compensatorios generados al día de pago y liquidación de comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin que les sean aplicables penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar.
La sanción impuesta a Mi Banco no fue apelada por la entidad financiera.
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