Cálculos de pagos administrativos y tributarios cambiarán desde el próximo primero de enero.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aumentó en S/100 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que pasa de S/ 4,050 a s/ 4,010 desde el 1 de enero del 2018.
Según el Decreto Supremo N° 380-2017 del MEF, esta decisión modificará la UIT, el cual es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otros.
¿Para qué sirve?
La UIT es un valor de referencia que se utiliza en el Perú para determinar impuestos, infracciones, multas u otro aspecto tributario que las leyes del país establezcan.
Algunos cambios
1. Los trabajadores (independientes o en planilla) no pagan IR por ingresos anuales que no superan 7 UIT.
En el 2017 el monto inafecto es S/ 28,350
En el 2018 el monto inafecto será S/ 29,050
2. El comprador de un inmueble no paga el impuesto de alcabala (3%) por las primeras 10 UIT del precio de compra.
En el 2017 el monto inafecto fue S/ 40,500
En el 2018 el monto inafecto será S/ 41,500
3. El jubilado con casa única no paga impuesto predial hasta por 50 UIT del valor del predio.
En el 2017 el tramo inafecto fue S/ 202,500
En el 2018 el tramo inafecto será S/ 207,500
4. Los derechos por trámites en las entidades públicas no pueden exceder de 1 UIT.
En el 2017 fue S/ 4,050
En el 2018 será S/ 4,150
5.Los gastos de representación en las empresas no podrán exceder de 40 UIT al año.
En el 2017 fue S/ 162,000
En el 2018 será S/ 166,000
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