Se busca promover participación de sector privado en proyectos de infraestructura pública.
De acuerdo con un decreto supremo del MEF publicado hoy, esta precisión deberá cumplirse en los casos donde la participación de la inversión privada en proyectos de infraestructura pública, a cargo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión), contemple el diseño de asociación en participación.
La modalidad de asociación en participación permite asignar de mejor manera los riesgos asociados a las obligaciones de inversión propias de la provisión de infraestructura y servicios públicos por parte del sector privado.
En ese sentido, los contratos en concesión constituyen el mecanismo a través del cual el sector privado participa en la ejecución de proyectos vinculados al desarrollo de obras públicas de infraestructura y prestación de servicios públicos.
En consecuencia, es un mecanismo contractual conocido y aceptado por los inversionistas privados y agentes financieros, respecto de cuya aplicación las entidades del Estado, tanto concedentes como organismos reguladores, cuentan con experiencia.
Entre las ventajas de los contratos de concesión están la posibilidad de garantizar las obligaciones del concesionario mediante la hipoteca de la concesión, la estabilidad jurídica por el plazo de la concesión, el tratamiento tributario de las transferencias al Estado de los bienes al término de la concesión, entre otros.
Según la norma, todo esto permite contar con postores de experiencia y calidad, así como con financiamiento sólido, lo que posibilita el ofrecimiento de mejores condiciones para el desarrollo de la infraestructura objeto del proceso de promoción privada correspondiente.
-ANDINA
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