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Nuevo decreto de urgencia: Gobierno establece medidas para financiamiento de proyectos

La Contraloría verificará que se cumpla lo establecido en el dispositivo legal. El mencionado decreto de urgencia rige hasta el 31 de marzo de 2018, aunque algunos alcances tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 y 31 de enero de 2019.
La Contraloría verificará que se cumpla lo establecido en el dispositivo legal. El mencionado decreto de urgencia rige hasta el 31 de marzo de 2018, aunque algunos alcances tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 y 31 de enero de 2019. | Fuente: ANDINA

Según el Ejecutivo de no darse estas acciones, subirían los costos de los proyectos por la paralización de obras y contingencias por incumplimientos contractuales.

El Gobierno emitió un decreto de urgencia que establece medidas extraordinarias para el financiamiento de las inversiones y proyectos cuya ejecución no se encuentra prevista en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Objetivo del DU

El DU Nº 004-2018, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, indica que se requiere con carácter de urgente tomar medidas para mantener el ritmo de ejecución de la inversión pública, con el fin de no afectar el crecimiento económico estimado en el Marco Macroeconómico Multianual 2018-2021 (4%).

El dispositivo legal añade también que este año, la inversión pública debería crecer en 17.5%, por encima, de los otros componentes de la demanda interna como el consumo público (5.0%) y la inversión privada (3.5%), lo que permitiría cumplir con el estimado de crecimiento del Producto Bruto Interno (PBI) de 4%.

De no tomarse medidas urgentes el crecimiento de la inversión pública sería 11.1% en lugar de 17.5% perjudicando el crecimiento del PBI que caería en 0.4 puntos porcentuales, es decir 3.6% real en lugar de 4.0%”, refiere la norma.

Financiación

Para tal fin el Ejecutivo a través del decreto de urgencia N°004, transfirió nuevamente y excepcionalmente créditos presupuestarios a las entidades a cargo de ministerios, gobiernos locales y regionales que han sido comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2017.

Asimismo dispuso que tales proyectos se financien con los saldos de balance que no se hayan incorporado al 28 de febrero de 2018, provenientes de Recursos por Operaciones Oficiales de rédito, correspondientes a una emisión interna de bonos que se revierten al tesoro público hasta el mes de marzo de 2018.

Los recursos públicos que se habiliten por efecto de estas modificaciones presupuestarias deben ser destinados, bajo responsabilidad del titular de la entidad, sólo a los fines del presente DU.

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