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Peruanos que ganen menos de S/2,150 al mes no pagarán Impuesto a la Renta el 2020

La UIT es el monto de referencia utilizado en las normas tributarias para mantener en valores constantes las bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos.
La UIT es el monto de referencia utilizado en las normas tributarias para mantener en valores constantes las bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos. | Fuente: ANDINA

Esto se debe al aumento del valor de la UIT de S/4,200 a S/4,300. Te detallamos cuáles son los tramos y porcentajes a pagar de Impuesto a la renta según tu sueldo.

Los trabajadores peruanos que estén en planilla y los que emitan recibos por honorarios pagarán menos Impuesto a la Renta (IR) luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas elevara en S/100 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2020 a S/4,300.

No tributarán

Así, con este nuevo valor, los peruanos que ganen menos de S/2,150 al mes o el equivalente a S/30,100 al año no tendrán que pagar ni un sol de Impuesto a la Renta el próximo año. De acuerdo con el Código Tributario peruano, están inafectos de pago del IR todos los ingresos anuales que sean menores a 7 UIT (S/30,100).

Asimismo, luego de que el 2017 el gobierno aprobara que los trabajadores formales con rentas de cuarta y quinta categorías (trabajadores independientes y en planilla), pueden descontar hasta 3 UIT adicionales, también pueden descontar adicionalmente S/12,900 en diversos gastos y servicios, siempre que se sustenten a través de recibos electrónicos.

Mypes y multas

El aumento del valor de la UIT también eleva el umbral para ser catalogado como una micro y pequeña empresa (Mype). Si bien se mantiene el tope de facturación de 1,700 UIT (se multiplica por S/4,300), la valla de ventas subirá a 7 millones 310 mil soles.

La medida sí tendrá un impacto negativo para los contribuyentes a quienes se les haya impuesto multas que se calculan en función a la UIT. Por ejemplo, la falta de presentar la declaración jurada fuera del plazo ocasiona que el contribuyente tenga que pagar 1 UIT (S/4,300), en el caso de las empresas del Régimen General y de 1/2 UIT (S/2,150) para las personas sin negocios.

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