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Poder Judicial emite fallo a favor de Telefónica por deuda tributaria

Foto: EFE
Foto: EFE

Por su parte, la Sunat presentó la apelación a la sentencia contra los tres reparos no validados por el fallo judicial respecto a una deuda por S/.2,300 millones.

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El Poder Judicial emitió un fallo a favor de Telefónica del Perú respecto a la denuncia que presentó contra una deuda tributaria por S/.2,300 millones determinada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) y el Tribunal Fiscal.

Según informó el diario Perú.21, el último 20 de marzo las partes fueron notificadas sobre la sentencia en primera instancia emitida por el Octavo Juzgado Transitorio en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima.

En esta sentencia se declara fundado, en parte, el reclamo presentado Telefónica. Se informó que el Poder Judicial le dio la razón en los reparos referidos a cargas financieras (deducción de intereses por préstamos), provisión de cobranza dudosa y documentos que no sustentan gastos.

Como se recuerda, a fines de 2011, cuando la compañía ganó una medida cautelar que impedía que la Sunat cobre la deuda hasta que se emita un fallo, se explicó que la deducción por carga financiera y por provisiones de cobranza dudosa representaba el 70% de la obligación, es decir, S/.1,600 millones.

La sentencia judicial no acogió dos reparos planteados por la empresa de capitales españoles: la enajenación de bienes por transferencia patrimonial a Telefónica Móviles y el costo del activo fijo deducido extracontablemente como gasto (overhead).

Sunat apeló falló

Por su parte, la Sunat informó que ha sido notificada sobre la sentencia, en primera instancia, emitida por el Poder Judicial, que reconoce dos de los cinco reparos tributarios dentro del proceso seguido por Telefónica.

Señaló que como parte de dicho proceso judicial, la Procuraduría de la Sunat presentó, dentro del plazo establecido, la apelación a la sentencia, contra los tres reparos no validados por el fallo.

“Estos reparos se refieren a cobranza dudosa, documentos que no sustentan gasto y cargas financieras (deducción de intereses por préstamos) que determinaron una contingencia tributaria respecto de  la declaración y pago del Impuesto a la Renta por los períodos 2000 y 2001”, indica el comunicado.

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