Los límites de captura del jurel y la caballa quedan establecidos en 40,000 y 12,000 toneladas, respectivamente, para la flota industrial pesquera.
El Ministerio de la Producción estableció hoy los límites de captura de los recursos jurel y caballa, correspondientes al período comprendido entre el 20 de febrero y el 15 de abril del 2013.
Según una resolución ministerial publicada hoy, los límites de captura del jurel y la caballa quedan establecidos en 40,000 y 12,000 toneladas, respectivamente, para la flota industrial pesquera.
Una vez cumplido el límite de captura para cada recurso, el ministerio suspenderá las actividades extractivas por los días que resten del período autorizado.
El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento de lo dispuesto, e informará a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero los resultados de dicha labor.
Asimismo, recomendará oportunamente la suspensión de la actividad extractiva de los referidos recursos en caso se alcance la cuota establecida, así como las medidas de regulación que sean pertinentes.
Las infracciones cometidas en el desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento del jurel y la caballa serán sancionadas conforme a la Ley General de Pesca.
Andina.
Comparte esta noticia