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Reinfo: Minem descarta reincorporación automática a mineros que presenten recursos de reconsideración

Reinfo: Minem descarta reincorporación automática a mineros que presenten recursos de reconsideración [VIDEO] | Fuente: RPP

El Minem aclaró que revisar recursos de reconsideración de mineros excluidos del Reinfo no implica su reincorporación automática ni un retroceso en la formalización. Cada caso será evaluado individualmente, con exigencia de pruebas sólidas y bajo el marco legal del debido proceso.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) reiteró que la evaluación de los recursos de reconsideración presentados por los productores excluidos del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) no significa un retroceso en el proceso de formalización, ni mucho menos su reincorporación automática a dicho registro.

En una conferencia de prensa realizada tras la sesión del Consejo de Ministros, el titular del Minem, Jorge Montero, enfatizó que los pedidos de reconsideración serán revisados uno por uno. Montero aclaró que, si bien todo administrado tiene derecho a presentar un recurso de reconsideración, estos pedidos serán evaluados técnicamente y no garantizan la restitución inmediata en el registro.

Los recurrentes que presenten estos recursos deberán demostrar, de manera fehaciente, con documentos y pruebas, que han actuado correctamente en el proceso de formalización minera. En caso de no poder demostrarlo, sus solicitudes serán desestimadas. El ministro destacó la necesidad de pruebas irrefutables para estas evaluaciones, que serán estrictas.

La admisión a trámite de estos recursos se realiza en cumplimiento de los procedimientos contemplados en el artículo 18º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, normativa que ha estado vigente por varios años. Este marco legal reconoce la reconsideración como un derecho de todo ciudadano para solicitar al Estado la revisión de una decisión administrativa.

Para el caso específico del Reinfo, los recursos de reconsideración podían presentarse dentro de un plazo de 15 días, con fecha límite el 21 de julio. Estas solicitudes son tramitadas a través de la Dirección General de Formalización Minera, que se encarga de evaluar cada una de manera individual. Una vez presentado el recurso, el plazo para recibir una respuesta es de 30 días.

El Minem subraya que dar trámite a estos pedidos no implica una flexibilización de las decisiones adoptadas en el marco del proceso de formalización de la minería a pequeña escala, sino que simplemente se está cumpliendo con la ley y actuar de acuerdo al debido proceso.

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