En el caso de que aporte a una AFP, deberá consignar el aporte del 2,5% de sus ingresos en el recibo por honorarios. Si está en la ONP se deberá aplicar una retención del 5%.
A partir del 1 de agosto, los trabajadores independientes menores de 40 años deberán empezar a aportar a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Esto implica un cambio en los recibos por honorarios que entregan por sus servicios, que ahora deberán precisar el monto que será descontado por los empleadores para ser aportado para su futura pensión.
En el caso de que esté afiliado a una AFP, deberá consignar el aporte del 2,5% de sus ingresos en el recibo por honorarios. Si está en la ONP se deberá aplicar una retención del 5%. Además debe figurar el dato del descuento por Impuesto a la Renta (10%), como ya se venía haciendo.
Adicionalmente, si está en una AFP, en los recibos por honorarios también se deberá consignar el pago por la comisión y el seguro.
Si sus recibos no tienen los casilleros impresos para incluir estos datos, puede añadir estas nuevas retenciones de manera manual.
Recuerde que los independientes están obligados a aportar solo si sus ingresos mensuales son iguales o mayores a S/.750.
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