Sunat resalta prohibición en nueva cartilla de declaración jurada de equipaje que llega del extranjero. El impedimento se da desde 1995.
Al llegar al Perú desde el extranjero se debe tener en cuenta que hay una serie de productos que están prohibidos de ingresar. Uno de ello es el Pisco elaborado en otro país, norma que existe desde 1995 y que es recordada en la nueva cartilla de declaración jurada de ingreso y salida de equipaje aprobada por la Sunat.
“Son bienes de ingreso prohibido al país, la ropa y calzado usados que no se consideren equipaje del viajero, las bebidas fabricadas en el extranjero que tengan la denominación de `Pisco´, autopartes usadas, entre otras, las cuales serán incautadas”, señala el nuevo formato.
La prohibición del ingreso de Pisco elaborado en el extranjero se dio en el año 1995 a través de la Ley 26426 donde no solo se impide a la bebida hecha de uva, sino a cualquier otra que tenga esta denominación.
Esta norma también dispone las medidas requeridas para alentar la divulgación y consumo del Pisco, especialmente en usos oficiales y diplomáticos.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), cambió los formatos de declaración jurada de equipaje y de de dinero que ingresa y sale del país, la misma que entró en vigencia el 31 de agosto último.