La entidad reguladora utilizó inteligencia artificial para analizar más de un millón de llamadas comerciales. De ser hallado responsable, Scotiabank podría enfrentar una multa superior a los S/ 2.4 millones.
La Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3) del Indecopi ha iniciado un procedimiento administrativo sancionador de oficio contra la entidad financiera Scotiabank Perú S.A.A.. La causa de la investigación es la presunta promoción de productos y servicios a través de llamadas telefónicas a usuarios que no habrían otorgado su consentimiento, lo que representa una posible infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La medida fue adoptada después de una investigación preliminar en la que Indecopi empleó herramientas de inteligencia artificial y ciencia de datos para analizar más de un millón de grabaciones telefónicas realizadas por los call centers contratados por el banco. El análisis de estos audios reveló que, en varios casos, Scotiabank no habría podido demostrar que contaba con el consentimiento previo y expreso de los consumidores para contactarlos con fines comerciales.
De comprobarse esta infracción, la entidad financiera podría ser sancionada con una multa de hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/ 2,407,500. Además de la sanción económica, el banco podría ser obligado a implementar medidas correctivas en favor de los consumidores afectados.
Este procedimiento se enmarca en una serie de investigaciones que el Indecopi comenzó en 2024, incluso antes de la promulgación de la Ley 32323, que modificó el código para ampliar la prohibición de las comunicaciones spam. Desde el inicio de estas acciones, la autoridad ha analizado más de siete millones de audios de empresas de los sectores bancario, seguros y telecomunicaciones.
