Según la Sunat la declaración de predios solo será obligatoria para aquellas propiedades que no están inscritas en los registros públicos.
Si tienes dos o más propiedades valorizadas en más de 150 mil soles, según el autovalúo al 31 de diciembre pasado, desde hoy lunes 3 de junio debes presentar la Declaración Anual de Predios 2018, informó la Sunat.
La Declaración de Predios se realizará del 3 al 7 de junio según el último dígito de RUC o DNI.
¿Quiénes deben hacerlo?
Según la Administración Tributaria están sujetos a esta obligación las personas naturales, las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas domiciliadas o no, inscritas o no en el RUC, que sean propietarias (aún cuando, a la fecha ya no lo sean o continúen siéndolo).
Asimismo, los propietarios que hayan cedido dos o más inmuebles para realizar alguna actividad económica (alquiler).
También deben declarar aquellas personas cuyo único predio tenga un valor superior a los 150 mil soles y este haya sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros, siempre que estas modificaciones no se encuentren independizadas en Registros Públicos.
Asimismo, se exceptúa de la obligación de declarar a aquellas personas que únicamente deban modificar la información referida al valor del predio no inscrito en el Registro de Sunarp que hubiera sido informado en la Declaración de Predios de años anteriores.
El medio para presentar la Declaración de Predios es el Formulario Virtual N° 1630 o el PDT Predios N° 3530 en el portal institucional (www.sunat.gob.pe).
Para aquellas personas cuya dirección, se encuentra ubicada en zonas declaradas en estado de emergencia por desastres naturales, podrán acceder a una prórroga de fechas de vencimiento. Más información https://bit.ly/2HGNOBq
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