Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Valgan verdades
Policía intentó llevarse documentación de Eficcop: ¿Intento de obstrucción?
EP 178 • 03:17
Informes RPP
#SiempreAlerta | Wangiri, la estafa de la llamada perdida
EP 1116 • 05:24
El poder en tus manos
EP69 | INFORME | ¿Exsentenciados por terrorismo, homicidio y delitos graves pueden ser rehabilitados para participar en política?
EP 69 • 03:15

TC abre la puerta para que congresistas hagan leyes que generen gasto

Congresistas podrán realizar leyes con capacidad de gasto, según fallo del TC.
Congresistas podrán realizar leyes con capacidad de gasto, según fallo del TC. | Fuente: Andina

Según la Constitución, el congresista no puede tener iniciativa de gasto, pero dos sentencias del Tribunal Constitucional advierten todo lo contrario.

El Tribunal Constitucional interpretó el artículo 79 de la Constitución Política del Perú (CPP) y con ello, dio carta libre a los congresistas para generar proyectos legislativos con capacidad de gasto, algo prohibido en la misma carta magna.

Según la CPP, “los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos, salvo el que se refiere a su presupuesto”; por ello, siempre se concientiza al elector a no creer en los ofrecimientos del candidato al Congreso, cuando promete obras.

Lo que dice el TC

Para el Tribunal Constitucional, el artículo 79 "no impide que una iniciativa legislativa presentada por congresistas pueda constituir una fuente jurídica para que, posteriormente y en el ámbito de sus atribuciones, el Poder Ejecutivo determine o considere la inclusión de las partidas necesarias en la ley de presupuesto anual para atender los gastos que eventualmente requiera su materialización”.

En pocas palabras, la iniciativa de gasto presentada por un congresista solo está prohibida si pretende modificar el presupuesto actual, más no el del siguiente o los siguientes años.

Redistribución de dinero y posible ajuste tributario, ¿serán estos los riesgos del fallo?

David Tuesta, exministro de Economía y Finanzas, usó su cuenta de Twitter para criticar esta decisión. “Todos los poderes del Estado en el Perú tomado por el peor populismo. La decisión del Tribunal Constitucional es de escándalo. Le acaban de dar “barra libre” al Congreso para hacer lo que les venga en gana. Fitch no se equivocó en bajar las perspectivas a negativo. Malo, malo”.

Y es que la nueva interpretación podría generar la redistribución de los recursos para cumplir con el legislativo, bajo el riesgo de quitar o reducir presupuesto a sectores realmente necesitados. Además, al crear una brecha, no se descarta un reajuste tributario para conseguir más recaudación y cumplir con las obligaciones generadas con las propuestas parlamentarias.

"Si el Legislativo aprueba una norma que significa un fuerte gasto a futuro, lo que va a verse obligado el gobierno de turno, que sigue la regla fiscal, es reducir la asignación de recursos hacia sectores, que de repente sí necesitaban el dinero, pero que va a tener que darse el dinero o quizás hacer un ajuste tributario para resolver la brecha generada", advirtió Tuesta.

¿Hay marcha atrás?

Para el exministro, la última decisión antes de promulgar una norma, tomada por el Ejecutivo, difícilmente podrá bloquear una iniciativa con capacidad de gasto, pues el TC, que es el máximo ente, "le dio un respaldo", con lo último coincidió el abogado constitucionalista Victorhugo Montoya.

"La sentencia tiene calidad de cosa juzgada, por lo tanto ya no podría ser modificada. Siempre caben alternativas procesales para tomar, por ejemplo, una aclaración para explicar mejor con tal o cual argumento, o que en adelante el TC modifique su posición y explique de mejor manera lo que ha argumentado en esto", refirió expresó el especialista.

Si bien el TC presentó varias justificaciones en las dos sentencias con las que avala la interpretación; no satisface los “filtros constitucionales”.

Por ejemplo, si bien el ente considera que negarles la capacidad de gasto a los congresistas restringe la protección de los derechos de los ciudadanos, “se le olvidó quién maneja la hacienda pública”, la cual sabe dónde se necesita el dinero y cómo se gastará a futuro como el gasto corriente.

Maritza Saenz

Maritza Saenz Redactora

Soy periodista hace 10 años, tengo una maestría en Solución de Conflictos y especializaciones en política y en finanzas. Ahora escribo de economía en RPP. Fan de Sailor Moon.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA