¿Qué objetivo tiene la norma? Resolver de manera gratuita y con celeridad los conflictos surgidos entre el consumidor y los proveedores, según señala la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República.
Dr. Guillermo schanks
Abogado, especialista en arbitraje
Tema: Aprobación del reglamento del sistema de arbitraje de consumo..D.S 046-2011
Alan García Pérez, promulgó el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
¿Qué objetivo tiene la norma? Resolver de manera gratuita y con celeridad los conflictos surgidos entre el consumidor y los proveedores, según señala la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República.
El Sistema de Arbitraje de Consumo resolverá con carácter vinculante y produciendo efectos de cosa juzgada, las diferencias surgidas entre consumidores y proveedores en relación con los derechos reconocidos a los consumidores.
Se organizará a través de las Juntas Arbitrales de Consumo constituidas por la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, y de los órganos arbitrales.
Este mecanismo de solución de controversias podrá encontrarse en los Gobiernos Regionales y Locales, lo cual contribuye a que más personas puedan acceder a la protección de sus derechos como consumidores.
El plazo para la emisión de los fallos es de 90 días hábiles, pero excepcionalmente podrá ser prorrogado por 15 días hábiles adicionales.
Estas decisiones no son apelables, con lo cual se asegura una resolución final del conflicto en corto tiempo.
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