En audiencia pública, el magistrado declaró infundada la pretensión de Paredes Córdova, por considerar que durante la investigación preliminar se respetó plenamente sus derechos fundamentales.
El juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, doctor Ricardo Manrique Laura, declaró infundado el requerimiento de la abogada Blanca Paredes Córdova para que se anulen diversas disposiciones del Ministerio Público en la investigación que se le sigue por supuestamente integrar el aparato legal de Rodolfo Orellana Rengifo.
En audiencia pública, con presencia de las partes y luego de escuchar los fundamentos de su abogado, el magistrado declaró infundada la pretensión de Paredes Córdova, por considerar que durante la investigación preliminar se respetó plenamente sus derechos fundamentales, entre ellos el del debido proceso.
Se sustentó, además, que las disposiciones emitidas por la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en delitos de Lavado de Activos, a cargo de la investigación, no han vulnerado el artículo 71 del nuevo Código Procesal Penal referido a los derechos de los imputados, como sostiene ella.
La abogada, a quien se imputa presunto delito de lavado de activos, pretendía que el juez declare nula la disposición fiscal del pasado 30 de abril, por la cual se le abrió investigación, así como el requerimiento fiscal de detención preliminar, incautación y allanamiento en su contra.
Solicitaba, asimismo, que se declare nula la disposición fiscal del pasado 7 de mayo, en la cual se dispone la realización de una serie de diligencias, entre ellas la toma de su declaración y el deslacrado de los bienes incautados en su domicilio.
La defensa de Paredes Córdova argumentó que durante la investigación preliminar a su defendida se cometieron irregularidades, se dictaron medidas limitativas de derechos en forma indebida y se violó el derecho a la defensa.
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