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Comercios de Miraflores deberán contar con cámaras de vigilancia

La Municipalidad busca brindar seguridad y protección a usuarios de los locales comerciales.

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Dos cámaras de video vigilancia como mínimo deberán instalar en un plazo de cuatro meses los propietarios de los establecimientos comerciales, ubicados en Miraflores, con la finalidad de brindar seguridad y protección a los vecinos o usuarios.

La ordenanza  municipal N° 375/MM, aprobada el pasado 22 de marzo en Sesión de Concejo y publicada hoy 28 de marzo en el diario oficial El Peruano, establece que están comprendidos en esta disposición los establecimientos comerciales  contemplados en el inciso e) del artículo 8 de la ordenanza N° 348/MM que regula esta actividad, así como los locales que cuenten con una capacidad de más de 30 personas y los que permanezcan abiertos al público pasadas las 23:00 horas.

La norma precisa que el sistema de video vigilancia deberá contar por lo menos con una videocámara en la entrada y otra en el interior del inmueble con una capacidad de grabación no menor a 48 horas.

En caso que dentro del establecimiento comercial ocurra algún incidente que afecte la vida, integridad física o propiedad de los usuarios los responsables del local tienen la obligación de guardar copia de las imágenes captadas por las cámaras hasta por un lapso de 60 días calendarios y ponerlas a disposición de la autoridad competente, en caso sean solicitadas.

Los conductores de los establecimientos comerciales comprendidos en esta ordenanza y que a la fecha cuenten con Licencia de Funcionamiento tendrán un plazo de 120 días calendarios para adecuarse a la norma.

Todos los locales comerciales que cumplan con lo dispuesto por la ordenanza obtendrán como reconocimiento el Certificado Municipal y una calcomanía que los distinguirá como seguros. Los comercios que la incumplan serán sancionados hasta con clausura transitoria.

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