La Municipalidad busca brindar seguridad y protección a usuarios de los locales comerciales.
Dos cámaras de video vigilancia como mínimo deberán instalar en un plazo de cuatro meses los propietarios de los establecimientos comerciales, ubicados en Miraflores, con la finalidad de brindar seguridad y protección a los vecinos o usuarios.
La ordenanza municipal N° 375/MM, aprobada el pasado 22 de marzo en Sesión de Concejo y publicada hoy 28 de marzo en el diario oficial El Peruano, establece que están comprendidos en esta disposición los establecimientos comerciales contemplados en el inciso e) del artículo 8 de la ordenanza N° 348/MM que regula esta actividad, así como los locales que cuenten con una capacidad de más de 30 personas y los que permanezcan abiertos al público pasadas las 23:00 horas.
La norma precisa que el sistema de video vigilancia deberá contar por lo menos con una videocámara en la entrada y otra en el interior del inmueble con una capacidad de grabación no menor a 48 horas.
En caso que dentro del establecimiento comercial ocurra algún incidente que afecte la vida, integridad física o propiedad de los usuarios los responsables del local tienen la obligación de guardar copia de las imágenes captadas por las cámaras hasta por un lapso de 60 días calendarios y ponerlas a disposición de la autoridad competente, en caso sean solicitadas.
Los conductores de los establecimientos comerciales comprendidos en esta ordenanza y que a la fecha cuenten con Licencia de Funcionamiento tendrán un plazo de 120 días calendarios para adecuarse a la norma.
Todos los locales comerciales que cumplan con lo dispuesto por la ordenanza obtendrán como reconocimiento el Certificado Municipal y una calcomanía que los distinguirá como seguros. Los comercios que la incumplan serán sancionados hasta con clausura transitoria.
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