La abogada en derecho de familia, Doris Blas, nos explica cómo es el proceso judicial para dividir los bienes matrimoniales tras un divorcio o separación.
La abogada de familia Doris Blas, explicó que es recomendable que la pareja decida cómo se repartirá los bienes tras una separación o divorcio, pero si no se pone de acuerdo definitivamente tiene que llegar a la vía judicial para hacer una valorización a través de un perito y luego repartirse las propiedades.
En la secuencia Familia y Justicia de RPP, la especialista en derecho de familia precisó que cuando uno contrae matrimonio tiene la posibilidad de elegir si desea un régimen de separación de patrimonio o elegir la sociedad de gananciales, es decir, que todo lo que se adquiera dentro de lo que dure el matrimonio le corresponderá a cada uno en un 50 por ciento.
Blas agregó que, al momento de la liquidación de bienes, es decir antes de la repartición, la pareja en primer lugar tiene que asumir todas las cargas o deudas que ha contraído y el saldo recién comenzará a repartirse.
“Primero deben cumplir las obligaciones contraídas con terceras personas y posteriormente se liquidan en un 50 por ciento”, anotó en la secuencia Familia y Justicia.
Asimismo, aclaró que la sociedad de gananciales va a fenecer por varios motivos uno de ellos es el divorcio, pero también puede ser por decisión de ambos.
Señaló que en el caso no se pongan de acuerdo sobre la repartición física de los bienes se pueden vender y luego el valor de esas propiedades se reparten en un 50 por ciento.
La doctora Doris Blas, recordó que la ley reconoce la unión de hecho, pero debe reunir requisitos como el tener al menos dos años de convivencia para que nazca un régimen similar al de la sociedad de gananciales pero la diferencia es que si la pareja no se pone de acuerdo en el reparto de bienes puede llevarlo a la vía judicial.
Sin embargo, advirtió que este reparto no será inmediato ya que tiene que haber una declaración judicial de convivencia para que proceda el reparto de los bienes adquiridos dentro de esta relación de unión de hecho.
Al comentar, la decisión de quien se quedaría con la mascota o mascotas que viven en la casa, la abogada comentó que el Código Civil al momento de establecer el tema de bienes no especifica propiamente el tema de las mascotas o si forman parte de la sociedad de gananciales.
“Es un tema complicado que no está de manera tan precisa establecida en el Código Civil como reparto de bienes ni regulado de manera expresa ni como parte de la liquidación de los bienes sociales de un matrimonio”, refirió.
Comparte esta noticia